II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2011-10260)
Resolución de 30 de mayo de 2011, de la Universidad de Valencia, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al Grupo A, Subgrupo A1, sector administración especial, Escala Técnica Superior de Planificación, Análisis y Evaluación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Lunes 13 de junio de 2011
Sec. II.B. Pág. 60361
3.4.2 De conformidad con el apartado b) del artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no tendrán la
consideración de oficinas de registro las de otras Universidades distintas a la
convocante.
3.4.3 Quien esté exento de abonar los derechos de examen, deberá presentar la
solicitud obligatoriamente por los procedimientos establecidos en los apartados a) o b) de
la base 3.4.1.
3.4.4 Quien abone los derechos de examen mediante transferencia bancaria desde
otro banco, o en una oficina del Banco Santander Central Hispano distinta a la especificada
en la base 3.4.1.c), deberá presentar la solicitud obligatoriamente por los procedimientos
establecidos en los apartados a) y b) de la base 3.4.1.
3.5
Se tendrá que adjuntar a la solicitud la documentación siguiente:
3.5.1 Una fotocopia del documento nacional de identidad. Las personas que no
posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar en estas pruebas deberán
presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad.
3.5.2 Resguardo original del ingreso de los derechos de examen o justificante por el
que se acoge a la exención de tasas (apartado 3.7 de esta convocatoria).
3.6 Los derechos de examen serán de 30 euros, que se ingresarán en la cuenta
corriente Derechos de examen - Universitat de València, núm. 0049.6721.65.2010001382,
del Banco Santander Central Hispano «oficina universitaria», situada a la avenida Blasco
Ibáñez, número 21 (Facultad de Psicología-Aulario I), de Valencia, o a través de transferencia
a la cuenta mencionada.
Si el pago se efectúa a través de transferencia, la solicitud deberá presentarse en el
registro de una administración pública o en la oficina de correos.
La falta de abono de la cantidad indicada como derechos de examen dentro del plazo
de presentación de solicitudes se considerará incumplimiento insubsanable y determinará
la exclusión a las pruebas de la persona aspirante.
3.7 De acuerdo con lo que establecen las normas de ejecución presupuestaria para
el año 2011 de esta Universidad, están exentos del pago de los derechos de examen:
3.8 Las personas aspirantes con discapacidad que deseen solicitar medidas de
adaptación deberán indicarlo expresamente en el impreso de solicitud. En el anexo V
figura la lista de medidas de adaptación posibles. Deberán presentar junto con la solicitud,
la fotocopia del certificado del grado de discapacidad y del dictamen técnico facultativo
expedido por el órgano competente.
3.9 Como la convocatoria establece la realización de una prueba de idioma
comunitario, voluntaria y de mérito, el o la aspirante deberá hacer constar su opción en el
impreso de solicitud. De no hacerlo así, se entenderá que renuncia a efectuar esta
prueba.
cve: BOE-A-2011-10260
3.7.1 Las personas con una discapacidad igual o superior al 33%. Estas personas
deberán presentar los certificados correspondientes que acrediten su condición de
personas con discapacidad (mediante fotocopia del certificado de la Consellería de
Bienestar Social u órgano competente).
3.7.2 Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, por
lo menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la convocatoria de estas
pruebas selectivas. Para disfrutar de la exención será requisito que no hayan rechazado,
dentro del plazo de qué se trata, ninguna oferta de ocupación adecuada ni se hayan
negado a participar, excepto causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesional. Estas personas deberán presentar certificación original relativa
a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados anteriormente,
expedido por el SERVEF u oficina de los servicios públicos de empleo según su Comunidad
Autónoma. No serán válidos los certificados que no incluyan sello del organismo que lo
expide.
Núm. 140
Lunes 13 de junio de 2011
Sec. II.B. Pág. 60361
3.4.2 De conformidad con el apartado b) del artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no tendrán la
consideración de oficinas de registro las de otras Universidades distintas a la
convocante.
3.4.3 Quien esté exento de abonar los derechos de examen, deberá presentar la
solicitud obligatoriamente por los procedimientos establecidos en los apartados a) o b) de
la base 3.4.1.
3.4.4 Quien abone los derechos de examen mediante transferencia bancaria desde
otro banco, o en una oficina del Banco Santander Central Hispano distinta a la especificada
en la base 3.4.1.c), deberá presentar la solicitud obligatoriamente por los procedimientos
establecidos en los apartados a) y b) de la base 3.4.1.
3.5
Se tendrá que adjuntar a la solicitud la documentación siguiente:
3.5.1 Una fotocopia del documento nacional de identidad. Las personas que no
posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar en estas pruebas deberán
presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad.
3.5.2 Resguardo original del ingreso de los derechos de examen o justificante por el
que se acoge a la exención de tasas (apartado 3.7 de esta convocatoria).
3.6 Los derechos de examen serán de 30 euros, que se ingresarán en la cuenta
corriente Derechos de examen - Universitat de València, núm. 0049.6721.65.2010001382,
del Banco Santander Central Hispano «oficina universitaria», situada a la avenida Blasco
Ibáñez, número 21 (Facultad de Psicología-Aulario I), de Valencia, o a través de transferencia
a la cuenta mencionada.
Si el pago se efectúa a través de transferencia, la solicitud deberá presentarse en el
registro de una administración pública o en la oficina de correos.
La falta de abono de la cantidad indicada como derechos de examen dentro del plazo
de presentación de solicitudes se considerará incumplimiento insubsanable y determinará
la exclusión a las pruebas de la persona aspirante.
3.7 De acuerdo con lo que establecen las normas de ejecución presupuestaria para
el año 2011 de esta Universidad, están exentos del pago de los derechos de examen:
3.8 Las personas aspirantes con discapacidad que deseen solicitar medidas de
adaptación deberán indicarlo expresamente en el impreso de solicitud. En el anexo V
figura la lista de medidas de adaptación posibles. Deberán presentar junto con la solicitud,
la fotocopia del certificado del grado de discapacidad y del dictamen técnico facultativo
expedido por el órgano competente.
3.9 Como la convocatoria establece la realización de una prueba de idioma
comunitario, voluntaria y de mérito, el o la aspirante deberá hacer constar su opción en el
impreso de solicitud. De no hacerlo así, se entenderá que renuncia a efectuar esta
prueba.
cve: BOE-A-2011-10260
3.7.1 Las personas con una discapacidad igual o superior al 33%. Estas personas
deberán presentar los certificados correspondientes que acrediten su condición de
personas con discapacidad (mediante fotocopia del certificado de la Consellería de
Bienestar Social u órgano competente).
3.7.2 Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, por
lo menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la convocatoria de estas
pruebas selectivas. Para disfrutar de la exención será requisito que no hayan rechazado,
dentro del plazo de qué se trata, ninguna oferta de ocupación adecuada ni se hayan
negado a participar, excepto causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesional. Estas personas deberán presentar certificación original relativa
a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados anteriormente,
expedido por el SERVEF u oficina de los servicios públicos de empleo según su Comunidad
Autónoma. No serán válidos los certificados que no incluyan sello del organismo que lo
expide.