IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2011-19807)
PONTEVEDRA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Lunes 13 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 66150
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
19807
PONTEVEDRA
Edicto.
Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo
Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente,
Hago saber:
1°.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I
declaración concurso 0000231/2011 se ha dictado a instancias del procurador
José Vicente Gil Tránchez, en fecha uno de Junio de dos mil once, auto de
declaración de concurso Voluntario del deudor Cerámicas Llorens, S.L., con Cif.
B-36.837.532, con domicilio en Vigo calle Colón, 24 Bajo, inscrita en el Registro
Mercantil de Pontevedra, al folio 17, del libro 2.150 de Sociedades, inscripción
primera de la Hoja número PO-21.643.
2°.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y
disposición que ejercerá la administración concursal.
3°.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un
mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial
del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado
en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se
expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como
los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento,
características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio
especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales,
acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los
documentos relativos al crédito.
4°.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por/medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(artículo 184.3 Ley Concursal).
Vigo, 1 de junio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.
cve: BOE-B-2011-19807
ID: A110047043-1
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 140
Lunes 13 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 66150
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
19807
PONTEVEDRA
Edicto.
Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo
Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente,
Hago saber:
1°.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I
declaración concurso 0000231/2011 se ha dictado a instancias del procurador
José Vicente Gil Tránchez, en fecha uno de Junio de dos mil once, auto de
declaración de concurso Voluntario del deudor Cerámicas Llorens, S.L., con Cif.
B-36.837.532, con domicilio en Vigo calle Colón, 24 Bajo, inscrita en el Registro
Mercantil de Pontevedra, al folio 17, del libro 2.150 de Sociedades, inscripción
primera de la Hoja número PO-21.643.
2°.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y
disposición que ejercerá la administración concursal.
3°.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un
mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial
del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado
en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se
expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como
los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento,
características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio
especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales,
acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los
documentos relativos al crédito.
4°.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por/medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(artículo 184.3 Ley Concursal).
Vigo, 1 de junio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.
cve: BOE-B-2011-19807
ID: A110047043-1
http://www.boe.es
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X