II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Secretarios Judiciales. (BOE-A-2011-10242)
Orden JUS/1582/2011, de 1 de junio, por la que se publica la relación de aprobados de las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Secretarios Judiciales, turno libre, convocadas por Orden JUS/3636/2009, de 28 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de junio de 2011

Sec. II.B. Pág. 60278

Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios públicos en servicio activo,
únicamente estarán exentos de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados
para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio y
Organismo en el que presten servicios.
Quienes, dentro del plazo fijado, justifiquen documentalmente reunir los requisitos y
condiciones necesarias, serán nombrados por la Secretaría de Estado de Justicia,
funcionarios en prácticas, a fin de seguir en el Centro de Estudios Jurídicos de la
Administración de Justicia el curso selectivo teórico-práctico a que se refiere el punto 7.4
de la Orden de convocatoria y el Reglamento del Centro de Estudios Jurídicos.
Tercero.–Los aspirantes presentarán la anterior documentación especificada junto con
escrito en el que figure: apellidos y nombre, número de documento nacional de identidad,
Cuerpo al que acceden, número de orden obtenido en la oposición y teléfono de contacto,
a fin de agilizar la identificación en la revisión de documentos.
Cuarto.–Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes, conforme a
lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o
bien recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de los ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo establecido en la Ley
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses. El
plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente al de la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 1 de junio de 2011.–El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/3770/2008, de 2
de diciembre), el Director General de Modernización de la Administración de Justicia, José
de la Mata Amaya.
ANEXO I
Don/doña ................................................................................................................, con
domicilio en ................................................................................................., con documento
nacional de identidad número .............................., declara bajo juramento o promesa, a
efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo de Secretarios Judiciales, que no ha sido
separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
En ..........................................., a .............. de ....................... de 2011.
El declarante,

ANEXO II
Declaración complementaria de conducta ciudadana
(Ley 68/1980, de 1 de diciembre, en relación con los artículos 3390 y siguientes del
Código Penal. Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre.)
El que suscribe, don/doña ....................................................................................., con
documento nacional de identidad número ............................, expedido en .......................,
el ............... de ...................................... de ................., por el presente declaro bajo mi
responsabilidad personal y con conocimiento de las sanciones que por falsedad pudiera
incurrir por infracción de los artículos del Código Penal consignados al inicio, que a efectos
de ser nombrado funcionario del Cuerpo Nacional de Secretarios Judiciales:

cve: BOE-A-2011-10242

Núm. 140