V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE FOMENTO. (BOE-B-2011-19902)
Anuncio de la Subdirección General de Recursos sobre notificación de la resolución recaída en el recurso de alzada número 2010/01997 (IC-900/2009) formulado por D. Francisco Esteban Ramos, en nombre y representación de la entidad S.M. Mar y Toñi, A.T., S.L. contra la resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre, de fecha 1 de febrero de 2010.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Lunes 13 de junio de 2011
Sec. V-B. Pág. 66285
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE FOMENTO
19902
Anuncio de la Subdirección General de Recursos sobre notificación de
la resolución recaída en el recurso de alzada número 2010/01997 (IC900/2009) formulado por D. Francisco Esteban Ramos, en nombre y
representación de la entidad S.M. Mar y Toñi, A.T., S.L. contra la
resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre, de fecha 1
de febrero de 2010.
Intentada notificación al interesado conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible
practicarla tras haberse intentado en el último domicilio conocido por dos veces, a
los efectos previstos en el citado artículo por el presente anuncio se notifica a D.
Francisco Esteban Ramos, en nombre y representación de la entidad S.M. Mar y
Toñi, A.T., S.L., el acto siguiente:
"Esta Secretaría General de Transportes, de conformidad con la propuesta
formulada por la Subdirección General de Recursos ha resuelto desestimar el
recurso de alzada formulado por D. Francisco Esteban Ramos, en nombre y
representación de la entidad S.M. Mar y Toñi, A.T., S.L. contra la resolución de la
Dirección General de Transporte Terrestre, de fecha 1 de febrero de 2010, que le
sanciona con nueve multas por un importe total de 41.409,00€ por la comisión de
otras tantas infracciones muy graves tipificadas en el artículo 140.6 de la Ley 16/
1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por
la Ley 29/2003, de 8 de octubre por la negativa u obstrucción a la actuación de los
servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las
funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas (Expte. IC-900/2009),
resolución que se declara subsistente y definitiva en vía administrativa.
Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso
contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo ContenciosoAdministrativo con sede en Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el
día siguiente al de su notificación.
Las referidas multas deberán hacerse efectivas dentro del plazo de quince días
hábiles a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolución,
transcurrido el cual sin haber satisfecho la sanción impuesta en período voluntario,
se exigirá en vía ejecutiva, según lo establecido en los artículos 146.5 de la LOTT y
215 de su Reglamento de aplicación, incrementada con el recargo de apremio y,
en su caso, los correspondientes intereses de demora.
El texto completo de la citada resolución puede ser solicitado por el interesado
en la Subdirección General de Recursos, Paseo de la Castellana, 67 (Nuevos
Ministerios) 28071 Madrid.
Madrid, 7 de junio de 2011.- El Subdirector General de Recursos, Isidoro Ruiz
Girón.
ID: A110048161-1
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2011-19902
Las multas impuestas deberán hacerse efectivas mediante ingreso o
transferencia en la cuenta corriente del BBVA 0182-9002-42, n.º 0200000470, P.º
de la Castellana, 67, Madrid, haciendo constar el número del expediente
sancionador."
Núm. 140
Lunes 13 de junio de 2011
Sec. V-B. Pág. 66285
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19902
Anuncio de la Subdirección General de Recursos sobre notificación de
la resolución recaída en el recurso de alzada número 2010/01997 (IC900/2009) formulado por D. Francisco Esteban Ramos, en nombre y
representación de la entidad S.M. Mar y Toñi, A.T., S.L. contra la
resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre, de fecha 1
de febrero de 2010.
Intentada notificación al interesado conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible
practicarla tras haberse intentado en el último domicilio conocido por dos veces, a
los efectos previstos en el citado artículo por el presente anuncio se notifica a D.
Francisco Esteban Ramos, en nombre y representación de la entidad S.M. Mar y
Toñi, A.T., S.L., el acto siguiente:
"Esta Secretaría General de Transportes, de conformidad con la propuesta
formulada por la Subdirección General de Recursos ha resuelto desestimar el
recurso de alzada formulado por D. Francisco Esteban Ramos, en nombre y
representación de la entidad S.M. Mar y Toñi, A.T., S.L. contra la resolución de la
Dirección General de Transporte Terrestre, de fecha 1 de febrero de 2010, que le
sanciona con nueve multas por un importe total de 41.409,00€ por la comisión de
otras tantas infracciones muy graves tipificadas en el artículo 140.6 de la Ley 16/
1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por
la Ley 29/2003, de 8 de octubre por la negativa u obstrucción a la actuación de los
servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las
funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas (Expte. IC-900/2009),
resolución que se declara subsistente y definitiva en vía administrativa.
Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso
contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo ContenciosoAdministrativo con sede en Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el
día siguiente al de su notificación.
Las referidas multas deberán hacerse efectivas dentro del plazo de quince días
hábiles a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolución,
transcurrido el cual sin haber satisfecho la sanción impuesta en período voluntario,
se exigirá en vía ejecutiva, según lo establecido en los artículos 146.5 de la LOTT y
215 de su Reglamento de aplicación, incrementada con el recargo de apremio y,
en su caso, los correspondientes intereses de demora.
El texto completo de la citada resolución puede ser solicitado por el interesado
en la Subdirección General de Recursos, Paseo de la Castellana, 67 (Nuevos
Ministerios) 28071 Madrid.
Madrid, 7 de junio de 2011.- El Subdirector General de Recursos, Isidoro Ruiz
Girón.
ID: A110048161-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2011-19902
Las multas impuestas deberán hacerse efectivas mediante ingreso o
transferencia en la cuenta corriente del BBVA 0182-9002-42, n.º 0200000470, P.º
de la Castellana, 67, Madrid, haciendo constar el número del expediente
sancionador."