IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2011-19604)
SANTANDER
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Sábado 11 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 65841
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
19604
SANTANDER
Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria del Juzgado Mercantil
número 1 de Santander, hago saber:
1.-Que en el procedimiento concursal 111/2011, por auto de fecha 5 de mayo
de 2011 se ha declarado en concurso al deudor "Ges 22-23, Sociedad Limitada",
con CIF número B-39514914, y con domicilio en calle La Gloria, 72, Santander.
2.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de
su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración
concursal.
3.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la
Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos
expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de quince días, a contar de la última
publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del
Estado y como publicidad complementaria en la página Web del TSJC.
4.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado
(artículo 184,3 LC).
Santander, 20 de mayo de 2011.- La Secretaria.
cve: BOE-B-2011-19604
ID: A110045846-1
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 139
Sábado 11 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 65841
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
19604
SANTANDER
Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria del Juzgado Mercantil
número 1 de Santander, hago saber:
1.-Que en el procedimiento concursal 111/2011, por auto de fecha 5 de mayo
de 2011 se ha declarado en concurso al deudor "Ges 22-23, Sociedad Limitada",
con CIF número B-39514914, y con domicilio en calle La Gloria, 72, Santander.
2.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de
su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración
concursal.
3.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la
Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos
expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de quince días, a contar de la última
publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del
Estado y como publicidad complementaria en la página Web del TSJC.
4.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado
(artículo 184,3 LC).
Santander, 20 de mayo de 2011.- La Secretaria.
cve: BOE-B-2011-19604
ID: A110045846-1
http://www.boe.es
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X