IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2011-19570)
BADAJOZ
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Sábado 11 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 65807
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
19570
BADAJOZ
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Jdo. de la Mercantil n.º 1 de
Badajoz, por el presente, hago saber:
1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I declaración
concurso 0000106/2011 se ha dictado a instancias de Concepción Liaño Guillen,
DNI 8.781.643-J, en fecha 11/05/2011 Auto de declaración de concurso del deudor
Concepción Liaño Guillen, DNI 8.781.643-J, cuyo centro de intereses principales lo
tiene en Badajoz, en urbanización Jardines de Valverde, n.º 10.
2.º-Se ha acordado las facultades de administración y disposición del deudor
sobre su patrimonio del quedan intervenidas, estando integrada la administración
concursal por:
Don Miguel Ángel Manzano Rodríguez, abogado, con despacho profesional en
C/ Meléndez Valdés, n.º 37, 1.º E de Badajoz.
3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 15
días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial
del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado
en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se
expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como
los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento,
características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio
especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales,
acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los
documentos relativos al crédito.
4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(art.º 184.3 Ley Concursal).
Badajoz, 11 de mayo de 2011.- Secretario judicial.
cve: BOE-B-2011-19570
ID: A110045515-1
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 139
Sábado 11 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 65807
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
19570
BADAJOZ
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Jdo. de la Mercantil n.º 1 de
Badajoz, por el presente, hago saber:
1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I declaración
concurso 0000106/2011 se ha dictado a instancias de Concepción Liaño Guillen,
DNI 8.781.643-J, en fecha 11/05/2011 Auto de declaración de concurso del deudor
Concepción Liaño Guillen, DNI 8.781.643-J, cuyo centro de intereses principales lo
tiene en Badajoz, en urbanización Jardines de Valverde, n.º 10.
2.º-Se ha acordado las facultades de administración y disposición del deudor
sobre su patrimonio del quedan intervenidas, estando integrada la administración
concursal por:
Don Miguel Ángel Manzano Rodríguez, abogado, con despacho profesional en
C/ Meléndez Valdés, n.º 37, 1.º E de Badajoz.
3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 15
días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial
del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado
en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se
expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como
los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento,
características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio
especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales,
acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los
documentos relativos al crédito.
4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(art.º 184.3 Ley Concursal).
Badajoz, 11 de mayo de 2011.- Secretario judicial.
cve: BOE-B-2011-19570
ID: A110045515-1
http://www.boe.es
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