V. Anuncios. - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones. OTROS PODERES ADJUDICADORES. (BOE-B-2011-19717)
Anuncio de la Notaría de don José Luis Iglesias González en Las Cabezas de San Juan sobre subasta notarial de las fincas registrales 2.446, 3.600, 9.149, 9.036, 9.035, 2.407, 1.424, 3.633, 7.509 y 8.833 de Las Cabezas de San Juan.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Sábado 11 de junio de 2011

Sec. V-A. Pág. 66016

ocho euros y treinta y ocho céntimos de euro (25.738,38 €), la registral nº 9.035, de
dieciséis mil ochocientos cuatro euros y cuatro céntimos de euro (16.804,04 €), la
registral nº 2.407, de dos mil ochocientos cincuenta y ocho euros y ochenta y cinco
céntimos de euro (2.858,85 €), la registral nº 1.424, de cinco mil setecientos
diecisiete euros y setenta y dos céntimos de euro (5.717,72 €), la registral nº 3.633,
de veintiocho mil quinientos noventa y ocho euros y veintidós céntimos de euro
(28.598,22 €), la registral nº 7.509, y de once mil cuatrocientos cincuenta y dos
euros y setenta y cinco céntimos de euro (11.452,75 €), la registral nº 8.833; de no
haber postor o si resultare fallida, la segunda, el día veinticuatro de agosto del año
dos mil once (24-08-2.011) a las diecisiete (17:00) horas, cuyos tipos serán el 75
por ciento de los primeros; en los mismos casos, la tercera subasta, el día
veintiocho de septiembre del año dos mil once (28-09-2.011) a las diecisiete
(17:00) horas, sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera
subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el día diecinueve de octubre
del año dos mil once (19-10-2.011) a las diecisiete (17:00) horas.
La documentación y certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren
los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la
Notaría de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Se entenderá que todo licitador acepta
como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos
anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores
deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría, una cantidad
equivalente al 30 por 100 de los tipos que correspondan en la 1.ª y 2.ª subasta y
en la 3.ª un 20 por 100 de los tipos de la segunda. Podrán hacerse posturas por
escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el
momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el
remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de
ceder a un tercero.
Las Cabezas de San Juan, 31 de mayo de 2011.- El Notario, José Luis Iglesias
González.

cve: BOE-B-2011-19717

ID: A110047504-1

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X