II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2011-10097)
Resolución de 30 de mayo de 2011, de la Universidad de Valencia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de junio de 2011

Sec. II.B. Pág. 59863

Duodécima. Protección de datos personales.–Los datos personales que los/las
concursantes suministren mediante las instancias se incorporarán al fichero automatizado
de concursos del Servicio de Recursos Humanos (PDI), bajo la responsabilidad de la
Secretaría General de la Universitat de València, para la gestión de las convocatorias de
provisión de plazas de personal docente funcionario y la gestión de recursos administrativos
contra las propuestas de provisión de estas plazas.
Los datos de carácter personal serán tratados de acuerdo con las previsiones del Real
Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo
de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter
personal, y se adoptarán las medidas de seguridad necesarias para garantizar la
confidencialidad y la integridad de la información. Los derechos de acceso, de rectificación,
de cancelación y de oposición podrán ejercitarse ante el Servei de Recursos Humans
(PDI) de la Universitat de València (avenida Blasco Ibáñez, 13, 46071 Valencia).
Decimotercera. Norma final.–Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, puede interponerse el recurso potestativo de reposición ante el Rector de
la Universitat de València, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contenciosoadministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses. Ambos plazos se
computarán desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria. Si se optara
por el recurso de reposición, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo
en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
primero, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Valencia, 30 de mayo de 2011.–El Rector, Esteban Jesús Morcillo Sánchez.

cve: BOE-A-2011-10097

Núm. 138