II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2011-10097)
Resolución de 30 de mayo de 2011, de la Universidad de Valencia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de junio de 2011

Sec. II.B. Pág. 59857

trabajadores. También podrán participar el/la cónyuge, descendientes y descendientes
del/de la cónyuge, de los españoles y españolas y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados o separadas de derecho,
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último
beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando
así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados
por España. Igualmente podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no
comunitaria cuando en el Estado de su nacionalidad se reconozca a los españoles y
españolas aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las
de los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa
establecida por la legislación vigente en la fecha de finalización del plazo para la
presentación de solicitudes.
c) No haber sido separada o separado, mediante expediente disciplinario, del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
empleos o cargos públicos o para el acceso al cuerpo o escala funcionarial. Las personas
aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no hallarse
inhabilitadas o en situación equivalente, ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones
de Profesor o Profesora de Universidad.
e) Haber abonado los derechos de examen establecidos en la presente convocatoria
o acreditar la exención del pago.
2.2 Requisitos específicos.–Ser funcionario o funcionaria del cuerpo docente
correspondiente o de un cuerpo docente universitario de igual o superior categoría, –en
cuyo caso será necesario haber desempeñado la plaza durante al menos dos años en la
Universidad de origen– (artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre) o estar
acreditado o acreditada para el cuerpo docente de que se trate (anexo 1) conforme a lo
establecido en los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales primera, segunda y tercera
del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre.
Se considera que poseen la acreditación regulada en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de
octubre, el Profesorado habilitado conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002,
de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a
cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso
respectivos. Se entenderá que los habilitados y habilitadas para el cuerpo de Catedráticos
y Catedráticas de Escuela Universitaria lo están para el acceso al cuerpo de Profesores y
Profesoras Titulares de Universidad, conforme a la disposición adicional décima de la Ley
Orgánica 4/2007, de 12 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 13 de abril), por la que se
modifica la Ley Orgánica 6 / 2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Igualmente, podrán presentarse a los cuerpos docentes respectivos, el Profesorado de
Universidades de Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados en los
que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España sea de aplicación la libre circulación de trabajadoras y trabajadores, en los términos
en que ésta se encuentra definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
que hayan alcanzado una posición equivalente a la de Catedrático o Catedrática o de
Profesor o Profesora Titular de Universidad, de acuerdo con la certificación emitida por la
Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación, a solicitud de la persona interesada.
En ningún caso se admitirá la participación en el concurso de acceso cuando se ostente
la titularidad de una plaza de igual categoría a la convocada, adscrita a la misma área de
conocimiento, Departamento y Centro de la Universitat de València.
Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión.

cve: BOE-A-2011-10097

Núm. 138