III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN. Becas. (BOE-A-2011-10100)
Resolución de 25 de mayo de 2011, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se conceden ayudas de la convocatoria de becas MAEC-AECID para ciudadanos extranjeros para el curso académico 2011/2012, capítulo I: programas I.A I.B y I.C.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 59896
La dotación económica de estas becas de acuerdo con las bases de la citada
convocatoria consiste en:
Dotación: 700 € mensuales en dos pagos: en julio de 2011 las seis primeras
mensualidades y en enero de 2012 las seis restantes.
Seguro médico, no farmacéutico, durante el periodo de vigencia de la beca, por un
importe individual mensual de 65,00 €, a cargo de la AECID.
Tercero.–Renovar, con cargo al concepto presupuestario 12.401 143A 486.02, 21
becas del programa I-C «Becas de renovación para becarios extranjeros de la Convocatoria
de Becas MAEC-AECID 2010-11 programa I.B- RAE» a los beneficiarios que se detallan
en el anexo III por el período que se indica.
Primer beneficiario: Peralta de Aguayo, Estela, Argentina.
Último beneficiario: Ochoviet Abelenda, Soraya, Uruguay.
La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada
convocatoria, consiste en:
Dotación: 700 € mensuales en dos pagos: en julio de 2011 las seis primeras
mensualidades y en enero de 2012 las seis restantes.
Seguro médico, no farmacéutico, durante el periodo de vigencia de la beca, por un
importe individual mensual de 65,00 €, a cargo de la AECID.
Cuarto.–Ordenar la publicación en el BOE de las becas reconocidas en esta resolución, en
los términos previstos por la citada Orden AEC/1098/2005 de 11 de abril («BOE» número 99,
de 26 de abril).
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido en el
artículo 11.4 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el
Desarrollo, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un
mes desde el día siguiente a su notificación; o recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de conformidad con lo previsto
en los artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46
de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.
Madrid, 25 de mayo de 2011.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, P. D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la
Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Francisco Moza
Zapatero.
cve: BOE-A-2011-10100
Núm. 138
Viernes 10 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 59896
La dotación económica de estas becas de acuerdo con las bases de la citada
convocatoria consiste en:
Dotación: 700 € mensuales en dos pagos: en julio de 2011 las seis primeras
mensualidades y en enero de 2012 las seis restantes.
Seguro médico, no farmacéutico, durante el periodo de vigencia de la beca, por un
importe individual mensual de 65,00 €, a cargo de la AECID.
Tercero.–Renovar, con cargo al concepto presupuestario 12.401 143A 486.02, 21
becas del programa I-C «Becas de renovación para becarios extranjeros de la Convocatoria
de Becas MAEC-AECID 2010-11 programa I.B- RAE» a los beneficiarios que se detallan
en el anexo III por el período que se indica.
Primer beneficiario: Peralta de Aguayo, Estela, Argentina.
Último beneficiario: Ochoviet Abelenda, Soraya, Uruguay.
La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada
convocatoria, consiste en:
Dotación: 700 € mensuales en dos pagos: en julio de 2011 las seis primeras
mensualidades y en enero de 2012 las seis restantes.
Seguro médico, no farmacéutico, durante el periodo de vigencia de la beca, por un
importe individual mensual de 65,00 €, a cargo de la AECID.
Cuarto.–Ordenar la publicación en el BOE de las becas reconocidas en esta resolución, en
los términos previstos por la citada Orden AEC/1098/2005 de 11 de abril («BOE» número 99,
de 26 de abril).
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido en el
artículo 11.4 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el
Desarrollo, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un
mes desde el día siguiente a su notificación; o recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de conformidad con lo previsto
en los artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46
de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.
Madrid, 25 de mayo de 2011.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, P. D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la
Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Francisco Moza
Zapatero.
cve: BOE-A-2011-10100
Núm. 138