I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-10058)
Real Decreto 714/2011, de 20 de mayo, por el que se establecen tres certificados de profesionalidad de la familia profesional Vidrio y cerámica que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 59645

CR4.5. La identificación de los elementos de enhornamiento dañados, su
sustitución y, en su caso, su reparación, permiten la realización de la carga de
vagonetas en las condiciones de calidad y seguridad establecidas.
CR4.6. Se mantiene limpia y ordenada la zona de trabajo bajo su
responsabilidad.
CR4.7. La información requerida referente al desarrollo y resultados del trabajo,
se refleja de forma clara y precisa, de acuerdo con las instrucciones técnicas de
la empresa.
RP5: Realizar la molienda de engobes, esmaltes, fritas, y pigmentos cerámicos, de
acuerdo con las instrucciones de trabajo recibidas y respetando los requisitos de
seguridad y medioambientales establecidos.
CR5.1. La dosificación de las materias primas, los productos a molturar, los
aditivos y, en su caso del agua, se realiza con la exactitud y precisión requerida,
de acuerdo con la orden de trabajo y las fichas de carga.
CR5.2. La carga, la programación del tiempo de molienda y el arranque de los
molinos se realiza de acuerdo con las instrucciones técnicas y el programa de
fabricación.
CR5.3. Los controles de densidad y viscosidad de la barbotina y de su residuo a la
luz de malla especificada, permiten contrastar sus características de calidad con
las establecidas en los procedimientos de operación.
CR5.4. La desferrización, el tamizado y la descarga del esmalte molturado
en el depósito indicado en la orden de trabajo, se realiza de acuerdo con los
procedimientos establecidos.
CR5.5. La limpieza de las balsas y los depósitos de almacenamiento de los
engobes y esmaltes, del molino y de los elementos molturantes, así como su
reposición, permite su empleo sin que el esmalte obtenido sufra ningún tipo de
contaminación.
CR5.6. La operación de los equipos de molienda, de lavado y secado de las tortas
obtenidas, permite la obtención de un pigmento con las características de calidad
exigidas.
CR5.7. Se mantiene limpia y ordenada la zona de trabajo bajo su
responsabilidad.
CR5.8. La información requerida referente al desarrollo y resultados del trabajo,
se refleja de forma clara y precisa, de acuerdo con las instrucciones técnicas de
la empresa.
RP6: Realizar las operaciones de acabado y embalaje de fritas, pigmentos y esmaltes
cerámicos, de acuerdo con los procedimientos y las especificaciones de calidad
establecidas, respetando las normas de seguridad y medioambientales.
CR6.1. La preparación y la operación con los pelletizadores, secadores,
micronizadores, equipos de lavado y clasificadores granulométricos, garantiza la
obtención de esmaltes en seco, pigmentos, pellets y granillas con las características
de calidad exigidas.
CR6.2. Los controles de distribución granulométrica mediante tamizado de granillas
y pellets, permiten contrastar sus características de calidad con las establecidas
en los procedimientos de operación.
CR6.3. La dosificación y la operación con la mezcladora de polvos micronizados,
granillas y pellets, permite la obtención de productos con las características de
calidad definidas en las instrucciones técnicas y en las condiciones de seguridad
establecidas.
CR6.4. La interpretación del procedimiento de muestreo permite realizar la toma
de muestras de productos acabados y su etiquetado para remitirlas al laboratorio
de acuerdo con los procedimientos especificados.

cve: BOE-A-2011-10058

Núm. 138