I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Títulos académicos. Currículo. (BOE-A-2011-10052)
Orden EDU/1562/2011, de 1 de junio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Centrales Eléctricas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 59035
Documentación de las actividades profesionales: métodos de clasificación, codificación,
renovación y eliminación.
Reconocimiento y aplicación de las normas internas de la empresa, instrucciones de
trabajo, procedimientos normalizados de trabajo y otros.
c) Análisis de las características de las centrales eléctricas a partir de un anteproyecto
o condiciones dadas, aplicando la reglamentación y normativa correspondiente:
Normativa de aplicación en centrales eléctricas y centros de distribución.
Elaboración de los esquemas y croquis de las instalaciones.
Dimensionado de los equipos y elementos que configuran las instalaciones.
Selección de equipos y accesorios homologados.
Procesos tecnológicos para el montaje.
Dibujo de los planos y esquemas de las instalaciones.
Dibujo de los planos de montaje de las instalaciones, utilizando la simbología y escalas
normalizadas.
d) Planificación del montaje de las subestaciones eléctricas, estableciendo etapas y
distribuyendo los recursos, a partir de la documentación técnica del proyecto:
Identificación de las etapas del proceso de montaje en las instalaciones de una
subestación.
Establecimiento de unidades de obra y los recursos humanos y materiales.
Especificación de medios de trabajo, equipos, herramientas y útiles de medida y
comprobación.
Desarrollo de planes de aprovisionamiento y condiciones de almacenamiento de los
equipos y materiales.
Valoración de costes de montaje a partir de unidades de obra.
Definición de las especificaciones técnicas de montaje y protocolos de pruebas.
Elaboración de manuales de instrucciones de servicio y de mantenimiento de las
instalaciones.
Identificación de normativa de prevención de riesgos.
e) Supervisión de las operaciones en centrales eléctricas, colaborando en sus
procesos y respetando los protocolos de seguridad y calidad establecidos en la empresa:
Identificación de documentación técnica, reconociendo los elementos, su función y su
disposición en el montaje de las instalaciones.
Selección de herramientas y material necesario en las operaciones básicas en
centrales.
Comprobación del correcto funcionamiento de equipos y accesorios.
Empleo de los elementos de protección individual definidos en el plan de seguridad.
Ejecución de las operaciones según los procedimientos del sistema de calidad.
f) Realización de la puesta en marcha o servicio de centrales y subestaciones,
supervisando y colaborando en su ejecución y siguiendo los procedimientos establecidos:
Plan de puesta en marcha de centrales y subestaciones.
Selección de herramientas e instrumentos adecuados.
Comprobación de la secuencia de funcionamiento de los elementos de control y
seguridad en centrales.
Programación, regulación y calibrado de los elementos y equipos según sus
características de funcionalidad.
Verificación de los parámetros de funcionamiento de los distintos elementos de la
central.
Normas de seguridad, calidad y reglamentación vigente.
cve: BOE-A-2011-10052
Núm. 138
Viernes 10 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 59035
Documentación de las actividades profesionales: métodos de clasificación, codificación,
renovación y eliminación.
Reconocimiento y aplicación de las normas internas de la empresa, instrucciones de
trabajo, procedimientos normalizados de trabajo y otros.
c) Análisis de las características de las centrales eléctricas a partir de un anteproyecto
o condiciones dadas, aplicando la reglamentación y normativa correspondiente:
Normativa de aplicación en centrales eléctricas y centros de distribución.
Elaboración de los esquemas y croquis de las instalaciones.
Dimensionado de los equipos y elementos que configuran las instalaciones.
Selección de equipos y accesorios homologados.
Procesos tecnológicos para el montaje.
Dibujo de los planos y esquemas de las instalaciones.
Dibujo de los planos de montaje de las instalaciones, utilizando la simbología y escalas
normalizadas.
d) Planificación del montaje de las subestaciones eléctricas, estableciendo etapas y
distribuyendo los recursos, a partir de la documentación técnica del proyecto:
Identificación de las etapas del proceso de montaje en las instalaciones de una
subestación.
Establecimiento de unidades de obra y los recursos humanos y materiales.
Especificación de medios de trabajo, equipos, herramientas y útiles de medida y
comprobación.
Desarrollo de planes de aprovisionamiento y condiciones de almacenamiento de los
equipos y materiales.
Valoración de costes de montaje a partir de unidades de obra.
Definición de las especificaciones técnicas de montaje y protocolos de pruebas.
Elaboración de manuales de instrucciones de servicio y de mantenimiento de las
instalaciones.
Identificación de normativa de prevención de riesgos.
e) Supervisión de las operaciones en centrales eléctricas, colaborando en sus
procesos y respetando los protocolos de seguridad y calidad establecidos en la empresa:
Identificación de documentación técnica, reconociendo los elementos, su función y su
disposición en el montaje de las instalaciones.
Selección de herramientas y material necesario en las operaciones básicas en
centrales.
Comprobación del correcto funcionamiento de equipos y accesorios.
Empleo de los elementos de protección individual definidos en el plan de seguridad.
Ejecución de las operaciones según los procedimientos del sistema de calidad.
f) Realización de la puesta en marcha o servicio de centrales y subestaciones,
supervisando y colaborando en su ejecución y siguiendo los procedimientos establecidos:
Plan de puesta en marcha de centrales y subestaciones.
Selección de herramientas e instrumentos adecuados.
Comprobación de la secuencia de funcionamiento de los elementos de control y
seguridad en centrales.
Programación, regulación y calibrado de los elementos y equipos según sus
características de funcionalidad.
Verificación de los parámetros de funcionamiento de los distintos elementos de la
central.
Normas de seguridad, calidad y reglamentación vigente.
cve: BOE-A-2011-10052
Núm. 138