III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2011-10028)
Resolución de 26 de mayo de 2011, de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, por la que se publica el Acuerdo de modificación del Convenio de colaboración con la Comunitat Valenciana, relativo a actuaciones de conservación en la Red Natura 2000.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 58770
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL
Y MARINO
10028
Resolución de 26 de mayo de 2011, de la Dirección General de Medio Natural
y Política Forestal, por la que se publica el Acuerdo de modificación del
Convenio de colaboración con la Comunitat Valenciana, relativo a actuaciones
de conservación en la Red Natura 2000.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo de
modificación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio
Rural y Marino y la Generalidad Valenciana, relativo a actuaciones de conservación en la
Red Natura 2000, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 26 de mayo de 2011.–El Director General de Medio Natural y Política Forestal,
José Jiménez García-Herrera.
ANEXO
Acuerdo de modificación del convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio
de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Generalidad Valenciana, relativo a
actuaciones de conservación en la Red Natura 2000
Madrid, a 24 de mayo de 2011.
REUNIDOS
De una parte, doña Teresa Ribera Rodríguez, Secretaria de Estado de Cambio
Climático, del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en virtud del Real
Decreto 569/2008, de 21 de abril, por el que se dispone su nombramiento, actuando en
nombre y representación del citado Departamento de la Administración General del Estado,
de acuerdo con las facultades que le atribuye la Orden ARM/939/2011, de 13 de abril,
sobre delegación de competencias, y el artículo 6, en relación con la disposición adicional
decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Y de otra, don Juan Gabriel Cotino Ferrer, Consejero de Medio Ambiente, Agua,
Urbanismo y Vivienda, y Vicepresidente Tercero del Consell, de acuerdo con el Decreto
13/2009, de 27 de agosto, del Presidente de la Generalitat por el que se nombran
vicepresidentes, Consejeros, Secretario y Portavoz del Consell, en representación de la
misma, y expresamente facultado para este acto por Acuerdo del Consell de fecha 8 de
abril de 2011.
EXPONEN
Primero.–Que ambas partes, con fecha 27 de mayo de 2010, suscribieron un convenio,
relativo a actuaciones de conservación en la Red Natura 2000.
Segundo.–Que por motivos de no disponibilidad de crédito sobrevenida para el
ejercicio 2010 y ante las posibilidades del presupuesto de la Dirección General de Medio
Natural y Política Forestal para el próximo 2011 es necesaria una redistribución de las
cve: BOE-A-2011-10028
Ambas partes, en la calidad en que cada una interviene, se reconocen la capacidad y
legitimación suficientes para suscribir el presente convenio, a cuyo efecto
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 58770
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL
Y MARINO
10028
Resolución de 26 de mayo de 2011, de la Dirección General de Medio Natural
y Política Forestal, por la que se publica el Acuerdo de modificación del
Convenio de colaboración con la Comunitat Valenciana, relativo a actuaciones
de conservación en la Red Natura 2000.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo de
modificación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio
Rural y Marino y la Generalidad Valenciana, relativo a actuaciones de conservación en la
Red Natura 2000, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 26 de mayo de 2011.–El Director General de Medio Natural y Política Forestal,
José Jiménez García-Herrera.
ANEXO
Acuerdo de modificación del convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio
de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Generalidad Valenciana, relativo a
actuaciones de conservación en la Red Natura 2000
Madrid, a 24 de mayo de 2011.
REUNIDOS
De una parte, doña Teresa Ribera Rodríguez, Secretaria de Estado de Cambio
Climático, del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en virtud del Real
Decreto 569/2008, de 21 de abril, por el que se dispone su nombramiento, actuando en
nombre y representación del citado Departamento de la Administración General del Estado,
de acuerdo con las facultades que le atribuye la Orden ARM/939/2011, de 13 de abril,
sobre delegación de competencias, y el artículo 6, en relación con la disposición adicional
decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Y de otra, don Juan Gabriel Cotino Ferrer, Consejero de Medio Ambiente, Agua,
Urbanismo y Vivienda, y Vicepresidente Tercero del Consell, de acuerdo con el Decreto
13/2009, de 27 de agosto, del Presidente de la Generalitat por el que se nombran
vicepresidentes, Consejeros, Secretario y Portavoz del Consell, en representación de la
misma, y expresamente facultado para este acto por Acuerdo del Consell de fecha 8 de
abril de 2011.
EXPONEN
Primero.–Que ambas partes, con fecha 27 de mayo de 2010, suscribieron un convenio,
relativo a actuaciones de conservación en la Red Natura 2000.
Segundo.–Que por motivos de no disponibilidad de crédito sobrevenida para el
ejercicio 2010 y ante las posibilidades del presupuesto de la Dirección General de Medio
Natural y Política Forestal para el próximo 2011 es necesaria una redistribución de las
cve: BOE-A-2011-10028
Ambas partes, en la calidad en que cada una interviene, se reconocen la capacidad y
legitimación suficientes para suscribir el presente convenio, a cuyo efecto