III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Centros docentes. (BOE-A-2011-10023)
Real Decreto 745/2011, de 20 de mayo, por el que se crea la escuela infantil Melilla, dependiente del Ministerio de Defensa en la Ciudad de Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 58739
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
10023
Real Decreto 745/2011, de 20 de mayo, por el que se crea la escuela infantil
Melilla, dependiente del Ministerio de Defensa en la Ciudad de Melilla.
El Ministerio de Defensa promovió, con fecha 25 de junio de 2010, la creación de una
escuela infantil de primer ciclo, al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional
segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación,
el artículo 2 y la disposición adicional tercera del Reglamento orgánico de las escuelas de
educación infantil y de los colegios de educación primaria, aprobado por el Real Decreto
82/1996, de 26 de enero.
La citada escuela se encuentra incluida en las previsiones de la programación educativa
que, de acuerdo con el artículo 27 de la citada Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, en
relación con la coordinación de políticas de cooperación en aras del incremento progresivo
de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de educación infantil que propugna el
artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y dentro del Plan
Educa3 (para la extensión e impulso del primer ciclo de educación infantil en todo el
territorio nacional que ha sido debatido y aprobado en el seno de la Conferencia Sectorial
de Educación), ha efectuado el Ministerio de Educación para la zona en que se ubicará la
citada escuela de educación infantil de primer ciclo.
Se ha verificado el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el Real
Decreto 113/2004, de 23 de enero, por el que se desarrollan los aspectos educativos
básicos y la organización de las enseñanzas de la Educación Preescolar, y se determinan
las condiciones que habrán de reunir los centros de esta etapa, al haberse aprobado el
proyecto de obras de la escuela dentro de su vigencia.
Asimismo se ha suscrito el correspondiente convenio regulador del régimen económico
y de funcionamiento de la escuela, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 y la
disposición adicional tercera del ya citado Reglamento orgánico de las escuelas de
educación infantil y de los colegios de educación primaria, aprobado por el Real
Decreto 82/1996, de 26 de enero, teniendo como referencia el Acuerdo marco de
colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Educación y Ciencia para la
creación y funcionamiento de escuelas infantiles dependientes del Ministerio de Defensa,
en las ciudades de Ceuta y Melilla, firmado en Madrid el 4 de junio de 2007.
Este real decreto se dicta de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley
Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y a iniciativa del
Ministerio de Defensa.
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Administración
Pública, a propuesta del Ministro de Educación, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 20 de mayo de 2011,
DISPONGO:
Se crea la escuela infantil Melilla dependiente del Ministerio de Defensa en la Ciudad
de Melilla, cuyos datos identificativos se describen en el Anexo.
Artículo 2. Régimen de funcionamiento.
La escuela infantil que por este real decreto se crea se regirá por lo dispuesto en la Ley
Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación y en la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como en las disposiciones que la desarrollan, y
cve: BOE-A-2011-10023
Artículo 1. Creación de la escuela infantil Melilla.
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 58739
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
10023
Real Decreto 745/2011, de 20 de mayo, por el que se crea la escuela infantil
Melilla, dependiente del Ministerio de Defensa en la Ciudad de Melilla.
El Ministerio de Defensa promovió, con fecha 25 de junio de 2010, la creación de una
escuela infantil de primer ciclo, al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional
segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación,
el artículo 2 y la disposición adicional tercera del Reglamento orgánico de las escuelas de
educación infantil y de los colegios de educación primaria, aprobado por el Real Decreto
82/1996, de 26 de enero.
La citada escuela se encuentra incluida en las previsiones de la programación educativa
que, de acuerdo con el artículo 27 de la citada Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, en
relación con la coordinación de políticas de cooperación en aras del incremento progresivo
de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de educación infantil que propugna el
artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y dentro del Plan
Educa3 (para la extensión e impulso del primer ciclo de educación infantil en todo el
territorio nacional que ha sido debatido y aprobado en el seno de la Conferencia Sectorial
de Educación), ha efectuado el Ministerio de Educación para la zona en que se ubicará la
citada escuela de educación infantil de primer ciclo.
Se ha verificado el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el Real
Decreto 113/2004, de 23 de enero, por el que se desarrollan los aspectos educativos
básicos y la organización de las enseñanzas de la Educación Preescolar, y se determinan
las condiciones que habrán de reunir los centros de esta etapa, al haberse aprobado el
proyecto de obras de la escuela dentro de su vigencia.
Asimismo se ha suscrito el correspondiente convenio regulador del régimen económico
y de funcionamiento de la escuela, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 y la
disposición adicional tercera del ya citado Reglamento orgánico de las escuelas de
educación infantil y de los colegios de educación primaria, aprobado por el Real
Decreto 82/1996, de 26 de enero, teniendo como referencia el Acuerdo marco de
colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Educación y Ciencia para la
creación y funcionamiento de escuelas infantiles dependientes del Ministerio de Defensa,
en las ciudades de Ceuta y Melilla, firmado en Madrid el 4 de junio de 2007.
Este real decreto se dicta de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley
Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y a iniciativa del
Ministerio de Defensa.
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Administración
Pública, a propuesta del Ministro de Educación, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 20 de mayo de 2011,
DISPONGO:
Se crea la escuela infantil Melilla dependiente del Ministerio de Defensa en la Ciudad
de Melilla, cuyos datos identificativos se describen en el Anexo.
Artículo 2. Régimen de funcionamiento.
La escuela infantil que por este real decreto se crea se regirá por lo dispuesto en la Ley
Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación y en la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como en las disposiciones que la desarrollan, y
cve: BOE-A-2011-10023
Artículo 1. Creación de la escuela infantil Melilla.