I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9992)
Real Decreto 682/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Agraria que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexos I, II, IV, VI, VII, VIII y XII en el Real Decreto 1375/2008 de 1 de agosto, el certificado de profesionalidad establecido como anexo I en el Real Decreto 1965/2008 de 28 de noviembre, y el certificado de profesionalidad establecido como anexo III en el Real Decreto 1211/2009, de 17 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Jueves 9 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 57814

Duración de la formación asociada: 270 horas.
Relación de módulos formativos y de unidades formativas:
MF1293_1: Operaciones auxiliares de repoblación, corrección hidrológica, y de
construcción y mantenimiento de infraestructuras forestales (100 horas).
• UF1043: (Transversal) Operaciones de desbroce (40 horas).
• UF1044: Operaciones auxiliares en repoblaciones e infraestructuras forestales (60
horas)
MF1294_1: Operaciones auxiliares en tratamientos selvícolas (100 horas).
• UF1043: (Transversal) Operaciones de desbroce (40 horas).
• UF1045: Operaciones básicas en tratamientos selvícolas (60 horas).
MF1295_1: Operaciones auxiliares en el control de agentes causantes de plagas y
enfermedades a las plantas forestales (70 horas).
MP0215: Módulo de prácticas profesionales no laborales de Actividades auxiliares en
conservación y mejora de montes (40 horas).
Vinculación con capacitaciones profesionales
La formación recogida en el presente real decreto en el módulo formativo de
operaciones auxiliares en tratamientos silvícolas garantiza el nivel de conocimiento
necesario para posibilitar la realización de tratamientos plaguicidas en el nivel de
capacitación básico, de acuerdo con las exigencias del Real Decreto 3349/1983, de
30 de noviembre, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la
fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas, los aplicadores y el personal
de las empresas dedicadas a la realización de tratamientos plaguicidas y de la Orden
PRE/2922/2005, de 19 de septiembre de 2005, por la que se modifica la Orden de 8 de
marzo de 1994, por la que se establece la normativa reguladora de la homologación
de cursos de capacitación para realizar tratamientos con plaguicidas.
II. PERFIL PROFESIONAL DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD
Unidad de competencia 1
Denominación: Realizar actividades auxiliares de repoblación, corrección hidrológica,
y de construcción y mantenimiento de infraestructuras forestales
Nivel: 1
Código: UC1293_1

RP 1: Realizar las operaciones auxiliares de repoblación para implantar en el monte
material forestal, siguiendo instrucciones.
CR 1.1 El terreno se prepara manualmente o con pequeñas máquinas en los
puntos indicados por un superior para mejorar las condiciones del suelo antes de
implantar el material forestal.
CR 1.2 Las plantas se descargan y se aviveran o transportan al almacén
siguiendo instrucciones para evitar su deterioro.
CR 1.3 Las plantas se distribuyen desde la zona de almacenamiento a los
tajos de repoblación siguiendo las indicaciones de un superior para mantener la
continuidad en los trabajos de plantación.
CR1.4 La plantación se realiza en los puntos indicados, siguiendo las
instrucciones, para conseguir un buen arraigo.

cve: BOE-A-2011-9992

Realizaciones profesionales y criterios de realización