I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9992)
Real Decreto 682/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Agraria que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexos I, II, IV, VI, VII, VIII y XII en el Real Decreto 1375/2008 de 1 de agosto, el certificado de profesionalidad establecido como anexo I en el Real Decreto 1965/2008 de 28 de noviembre, y el certificado de profesionalidad establecido como anexo III en el Real Decreto 1211/2009, de 17 de julio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Espacio Formativo
Sec. I. Pág. 57812
Equipamiento
Taller forestal
– Equipos de medida: cintas, forcípulas, martillo de sondeo, calibrador
de cortezas.
– Medios y materiales de señalización y marcaje.
– Herramientas para eliminación del matorral: azadas y herramientas
de corte.
– Medios para el desembosque y la saca: cabrestante, ganchos,
enganches, hachas, entre otras.
– Máquinas para el aprovechamiento de subproductos: astilladoras,
empacadora, trituradora, destoconadota .
– Hacha corchera.
– Burja.
– Navaja de rajar .
– Piedras de afilar.
– Pié de línea.
– Equipos de protección individual.
– Sacos y otros medios de almacenaje.
– Tijeras de podar.
– Sierras de mano .
– Varas.
– Hoces.
– Calabozos.
– Navajas.
– Cestos de mimbre.
– Machacadoras.
– Maceradoras.
– Desgranadoras.
– Cribas.
– Gorguces.
– Trazadores .
– Alisadores.
– Escodas.
– Potes .
– Puntas.
– Grapas.
– Latas.
– Medias lunas .
– Raederas.
– Botiquín de primeros auxilios
Almacén forestal
– Estanterías para almacenamiento de productos y materiales.
Finca forestal *
– Finca con árboles de diferentes especies y tamaños.
* Esta instalación se podrá alquilar o contratar para las distintas actividades que se
necesiten realizar.
No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban
diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
El número de unidades que se deben disponer de los utensilios, máquinas y
herramientas que se especifican en el equipamiento de los espacios formativos,
será el suficiente para un mínimo de 15 alumnos y deberá incrementarse, en su
caso, para atender a número superior.
En el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad se realizarán
las adaptaciones y los ajustes razonables para asegurar su participación en
condiciones de igualdad.
cve: BOE-A-2011-9992
Las instalaciones y equipamientos deberán cumplir con la normativa industrial
e higiénico sanitaria correspondiente y responderán a medidas de accesibilidad
universal y seguridad de los participantes.
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Espacio Formativo
Sec. I. Pág. 57812
Equipamiento
Taller forestal
– Equipos de medida: cintas, forcípulas, martillo de sondeo, calibrador
de cortezas.
– Medios y materiales de señalización y marcaje.
– Herramientas para eliminación del matorral: azadas y herramientas
de corte.
– Medios para el desembosque y la saca: cabrestante, ganchos,
enganches, hachas, entre otras.
– Máquinas para el aprovechamiento de subproductos: astilladoras,
empacadora, trituradora, destoconadota .
– Hacha corchera.
– Burja.
– Navaja de rajar .
– Piedras de afilar.
– Pié de línea.
– Equipos de protección individual.
– Sacos y otros medios de almacenaje.
– Tijeras de podar.
– Sierras de mano .
– Varas.
– Hoces.
– Calabozos.
– Navajas.
– Cestos de mimbre.
– Machacadoras.
– Maceradoras.
– Desgranadoras.
– Cribas.
– Gorguces.
– Trazadores .
– Alisadores.
– Escodas.
– Potes .
– Puntas.
– Grapas.
– Latas.
– Medias lunas .
– Raederas.
– Botiquín de primeros auxilios
Almacén forestal
– Estanterías para almacenamiento de productos y materiales.
Finca forestal *
– Finca con árboles de diferentes especies y tamaños.
* Esta instalación se podrá alquilar o contratar para las distintas actividades que se
necesiten realizar.
No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban
diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
El número de unidades que se deben disponer de los utensilios, máquinas y
herramientas que se especifican en el equipamiento de los espacios formativos,
será el suficiente para un mínimo de 15 alumnos y deberá incrementarse, en su
caso, para atender a número superior.
En el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad se realizarán
las adaptaciones y los ajustes razonables para asegurar su participación en
condiciones de igualdad.
cve: BOE-A-2011-9992
Las instalaciones y equipamientos deberán cumplir con la normativa industrial
e higiénico sanitaria correspondiente y responderán a medidas de accesibilidad
universal y seguridad de los participantes.