IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2011-19381)
MURCIA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Jueves 9 de junio de 2011

Sec. IV. Pág. 64802

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

19381

MURCIA

Edicto.
Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo
Mercantil núm. dos de Murcia, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º sección I declaración
del concurso 390/10, se ha dictado a instancias de "Explotaciones el Campillo
S.L.", con CIF B-307214922, en fecha 26 de mayo de 2011, auto de declaración
del concurso de dicha mercantil, cuyo centro de intereses principales lo tiene en
Fuente Álamo (Murcia).
2.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición sobre
el patrimonio de la concursada quedan intervenidas por la Administración
concursal designada al efecto, mediante su autorización o conformidad.
3.º Ha sido designado Administrador concursal el Abogado don Miguel Ángel
Abellán Marquina, con despacho profesional en calle Villaleal, n.º 2, 7.º-A, de
Murcia, y teléfono 968217462.
4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse en la Ciudad de la Justicia, fase I
Servicio General, Sección 1.ª Registro y Reparto, en el plazo de quince días a
partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del
Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en
el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se
expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como
los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento,
características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio
especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales,
acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los
documentos relativos al crédito.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(artº 184.3 Ley Concursal.
Murcia, 26 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.

cve: BOE-B-2011-19381

ID: A110045229-1

http://www.boe.es

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X