IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2011-19356)
MADRID
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 64777
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
19356
MADRID
Edicto.
Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º
6 de Madrid, anuncia:
Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 850/2008
referente a la concursada "Refrigeración Hostelera Comercial, S.L.", CIF B80242183, por auto de fecha 18 de mayo de 2011, se ha acordado lo siguiente:
1. Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la
deudora "Refrigeración Hostelera Comercial, S.L.". CIF B-80242183.
2. Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará
con testimonio de esta resolución.
3. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de
administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio con todos los
efectos establecidos en el título III de la L.C.
4. Se declara disuelta la mercantil indicada en el punto uno anterior, cesando
en su función sus Administradores, que serán sustituIdos por la administración
concursal.
5. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en
el tablón de anuncios de este tribunal y se publicarán en el "Boletín Oficial del
Estado" con carácter gratuito.
6. Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la
fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil
de Madrid y, en su caso, a los Registros de la Propiedad en los que consten
inscritas fincas/bienes a nombre de la concursada, una vez firme la presente
resolución.
7. Los edictos que no puedan cumplimentarse por este Juzgado así como los
mandamientos indicados en el párrafo anterior se entregarán a/al Procurador/a
instante del concurso para su debida cumplimentacion, quien deberá aportar a este
Juzgado un ejemplar del BOE tan pronto sea publicado el edicto así como los
mandamientos debidamente diligenciados.
8. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta
resolución, la administración concursal presentará un plan (original y dieciseis
copias en papel o en soporte C.D. individualmente emblistado) para la realización
de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada conforme
a lo dispuesto en el artículo 148 de la L.C.
10. Requiérase a la administración concursal para que presente el informe a
que se refiere el artículo 169 (original y tres copias) de la Ley Concursal en el
momento procesal oportuno.
Madrid, 18 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.
ID: A110041375-1
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2011-19356
9. Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará
con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 64777
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
19356
MADRID
Edicto.
Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º
6 de Madrid, anuncia:
Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 850/2008
referente a la concursada "Refrigeración Hostelera Comercial, S.L.", CIF B80242183, por auto de fecha 18 de mayo de 2011, se ha acordado lo siguiente:
1. Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la
deudora "Refrigeración Hostelera Comercial, S.L.". CIF B-80242183.
2. Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará
con testimonio de esta resolución.
3. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de
administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio con todos los
efectos establecidos en el título III de la L.C.
4. Se declara disuelta la mercantil indicada en el punto uno anterior, cesando
en su función sus Administradores, que serán sustituIdos por la administración
concursal.
5. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en
el tablón de anuncios de este tribunal y se publicarán en el "Boletín Oficial del
Estado" con carácter gratuito.
6. Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la
fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil
de Madrid y, en su caso, a los Registros de la Propiedad en los que consten
inscritas fincas/bienes a nombre de la concursada, una vez firme la presente
resolución.
7. Los edictos que no puedan cumplimentarse por este Juzgado así como los
mandamientos indicados en el párrafo anterior se entregarán a/al Procurador/a
instante del concurso para su debida cumplimentacion, quien deberá aportar a este
Juzgado un ejemplar del BOE tan pronto sea publicado el edicto así como los
mandamientos debidamente diligenciados.
8. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta
resolución, la administración concursal presentará un plan (original y dieciseis
copias en papel o en soporte C.D. individualmente emblistado) para la realización
de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada conforme
a lo dispuesto en el artículo 148 de la L.C.
10. Requiérase a la administración concursal para que presente el informe a
que se refiere el artículo 169 (original y tres copias) de la Ley Concursal en el
momento procesal oportuno.
Madrid, 18 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.
ID: A110041375-1
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2011-19356
9. Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará
con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.