IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2011-19365)
MADRID
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 64786
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
19365
MADRID
Edicto
Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo
Mercantil número 3 de Madrid, anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento número 102/2011, se ha declarado en
concurso al deudor Proreymor, S.L., con CIF B-82221672, y con domicilio en la
Carretera de Valencia, sin número, Km 14,800 en Madrid, 28051.
Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de
disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la
administración concursal.
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de
la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los
datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes para
la comunicación de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado
(artículo 184.3 Ley Concursal).
Madrid, 13 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.
cve: BOE-B-2011-19365
ID: A110046315-1
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 137
Jueves 9 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 64786
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
19365
MADRID
Edicto
Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo
Mercantil número 3 de Madrid, anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento número 102/2011, se ha declarado en
concurso al deudor Proreymor, S.L., con CIF B-82221672, y con domicilio en la
Carretera de Valencia, sin número, Km 14,800 en Madrid, 28051.
Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de
disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la
administración concursal.
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de
la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los
datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes para
la comunicación de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado
(artículo 184.3 Ley Concursal).
Madrid, 13 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.
cve: BOE-B-2011-19365
ID: A110046315-1
http://www.boe.es
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X