III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Recaudación de tributos. Entidades colaboradoras. (BOE-A-2011-9963)
Resolución de 23 de mayo de 2011, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se resuelve el procedimiento administrativo incoado a la Entidad "Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona" (La Caixa).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 57425
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
9963
Resolución de 23 de mayo de 2011, del Departamento de Recaudación de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se resuelve el
procedimiento administrativo incoado a la Entidad «Caja de Ahorros y Pensiones
de Barcelona» (La Caixa).
En el procedimiento administrativo iniciado el 9 de marzo de 2011 por el Departamento
de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a la Entidad colaboradora
en la gestión recaudatoria de la Hacienda Pública «Caja de Ahorros y Pensiones de
Barcelona» (La Caixa) en relación con su actuación como colaboradora en la gestión
recaudatoria de la Hacienda Pública, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 17.6 del
Reglamento General de Recaudación (RD 939/2005, de 29 de julio), se ha adoptado la
siguiente Resolución:
Primero.–Suspender de la prestación del servicio de colaboración en la gestión
recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a la oficina n.º 0225 que la
Entidad «Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona» (La Caixa) tiene abierta en la calle
Sant Jaume, n.º 43, de Santa Eulalia des Riu (Ibiza), desde la primera quincena de agosto
hasta la primera quincena de octubre de 2011, es decir, durante el periodo comprendido
entre los días 21 de julio y 6 de octubre de 2011, ambos inclusive.
Segundo.–La referida suspensión se extenderá a la totalidad de operaciones que,
como colaboradora, en la gestión recaudatoria efectúa la oficina afectada, salvo aquellas
que deban realizarse durante el período de vigencia de la suspensión, relacionadas con
domiciliaciones llevadas a cabo con anterioridad al inicio de dicha suspensión.
Cualquier otra operación que, durante el período de suspensión acordado, pudiera
admitir la oficina suspendida carecerá de efectos liberatorios frente a la Hacienda
Pública.
Tercero.–Este Departamento podrá realizar actuaciones de comprobación, a efectos
de verificar la efectividad de la suspensión acordada.
Cuarto.–Transcurrido el plazo de suspensión acordada, la oficina afectada podrá
reiniciar su actuación como colaboradora en la gestión recaudatoria sin limitación alguna.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo establecido en el
artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante el Director General de la
A.E.A.T. en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente
notificación.
cve: BOE-A-2011-9963
Madrid, 23 de mayo de 2011.–El Director del Departamento de Recaudación de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, José María Meseguer Rico.
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 136
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 57425
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
9963
Resolución de 23 de mayo de 2011, del Departamento de Recaudación de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se resuelve el
procedimiento administrativo incoado a la Entidad «Caja de Ahorros y Pensiones
de Barcelona» (La Caixa).
En el procedimiento administrativo iniciado el 9 de marzo de 2011 por el Departamento
de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a la Entidad colaboradora
en la gestión recaudatoria de la Hacienda Pública «Caja de Ahorros y Pensiones de
Barcelona» (La Caixa) en relación con su actuación como colaboradora en la gestión
recaudatoria de la Hacienda Pública, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 17.6 del
Reglamento General de Recaudación (RD 939/2005, de 29 de julio), se ha adoptado la
siguiente Resolución:
Primero.–Suspender de la prestación del servicio de colaboración en la gestión
recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a la oficina n.º 0225 que la
Entidad «Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona» (La Caixa) tiene abierta en la calle
Sant Jaume, n.º 43, de Santa Eulalia des Riu (Ibiza), desde la primera quincena de agosto
hasta la primera quincena de octubre de 2011, es decir, durante el periodo comprendido
entre los días 21 de julio y 6 de octubre de 2011, ambos inclusive.
Segundo.–La referida suspensión se extenderá a la totalidad de operaciones que,
como colaboradora, en la gestión recaudatoria efectúa la oficina afectada, salvo aquellas
que deban realizarse durante el período de vigencia de la suspensión, relacionadas con
domiciliaciones llevadas a cabo con anterioridad al inicio de dicha suspensión.
Cualquier otra operación que, durante el período de suspensión acordado, pudiera
admitir la oficina suspendida carecerá de efectos liberatorios frente a la Hacienda
Pública.
Tercero.–Este Departamento podrá realizar actuaciones de comprobación, a efectos
de verificar la efectividad de la suspensión acordada.
Cuarto.–Transcurrido el plazo de suspensión acordada, la oficina afectada podrá
reiniciar su actuación como colaboradora en la gestión recaudatoria sin limitación alguna.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo establecido en el
artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante el Director General de la
A.E.A.T. en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente
notificación.
cve: BOE-A-2011-9963
Madrid, 23 de mayo de 2011.–El Director del Departamento de Recaudación de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, José María Meseguer Rico.
http://www.boe.es
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