I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9930)
Real Decreto 645/2011, de 9 de mayo, por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Administración y gestión que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1210/2009, de 17 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 56303
El Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de
profesionalidad, modificado por el Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, ha
actualizado, en consonancia con la normativa mencionada, la regulación de los certificados
que se establecían en el anterior Real Decreto 1506/2003, de 28 de noviembre, por el que
se establecen las directrices de los certificados de profesionalidad, que han sido
derogados.
En dicho Real Decreto 34/2008, modificado por Real Decreto 1675/2010, se define la
estructura y contenido de los certificados de profesionalidad, a partir del Catálogo Nacional
de las Cualificaciones Profesionales y de las directrices fijadas por la Unión Europea, y se
establece que el Servicio Público de Empleo Estatal, con la colaboración de los Centros de
Referencia Nacional, elaborará y actualizará los certificados de profesionalidad, que serán
aprobados por real decreto.
En este marco regulador procede que el Gobierno establezca cinco certificados de
profesionalidad de la familia profesional Administración y gestión de las áreas profesionales
de Administración y Auditoria, Gestión de la Información y Comunicación, y Finanzas y
Seguros, que se incorporarán al Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad por
niveles de cualificación profesional atendiendo a la competencia profesional requerida por
las actividades productivas, tal y como se recoge en el Artículo 4.4 y en el anexo II del Real
Decreto 1128/2003, anteriormente citado.
Con la entrada en vigor del presente real decreto, el nuevo certificado de profesionalidad
«Comercialización y administración de productos y servicios financieros», que en el mismo
se establece, sustituye al certificado de profesionalidad de la ocupación de Gestor comercial
de servicios financieros, establecido en el Real Decreto 2029/96, de 6 de septiembre, que,
en consecuencia, queda derogado. y al certificado de profesionalidad de la ocupación de
Empleado administrativo de entidades financieras, establecido en el Real Decreto 2025/96,
de 6 de septiembre, que, en consecuencia, queda derogado.
Con la entrada en vigor del presente real decreto, el nuevo certificado de profesionalidad
«Actividades de gestión administrativa», que en el mismo se establece, sustituye al
certificado de profesionalidad de la ocupación de Empleado de oficina, establecido en el
Real Decreto 311/96, de 23 de febrero, que, en consecuencia, queda derogado y al
certificado de profesionalidad de la ocupación de Administrativo comercial, establecido en
el Real Decreto 306/96, de 23 de febrero, que, en consecuencia, queda derogado.
Por otro lado, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 7 del real decreto 34/2008, de
18 de enero, se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos en el Real
Decreto 1210/2009, de 17 de julio, por el que se establecen cinco certificados de
profesionalidad de la familia profesional Administración y gestión que se incluyen en el
Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
En el proceso de elaboración de este real decreto ha emitido informe el Consejo
General de la Formación Profesional, el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo
y ha sido informada la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Trabajo e Inmigración y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de mayo de 2011,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Este real decreto tiene por objeto establecer cinco certificados de profesionalidad de la
familia profesional Administración y gestión que se incluyen en el Repertorio Nacional de
certificados de profesionalidad, regulado por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por
el que se regulan los certificados de profesionalidad, modificado por el Real Decreto
1675/2010, de 10 de diciembre.
Dichos certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el
territorio nacional y no constituyen una regulación del ejercicio profesional.
cve: BOE-A-2011-9930
Núm. 136
Miércoles 8 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 56303
El Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de
profesionalidad, modificado por el Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, ha
actualizado, en consonancia con la normativa mencionada, la regulación de los certificados
que se establecían en el anterior Real Decreto 1506/2003, de 28 de noviembre, por el que
se establecen las directrices de los certificados de profesionalidad, que han sido
derogados.
En dicho Real Decreto 34/2008, modificado por Real Decreto 1675/2010, se define la
estructura y contenido de los certificados de profesionalidad, a partir del Catálogo Nacional
de las Cualificaciones Profesionales y de las directrices fijadas por la Unión Europea, y se
establece que el Servicio Público de Empleo Estatal, con la colaboración de los Centros de
Referencia Nacional, elaborará y actualizará los certificados de profesionalidad, que serán
aprobados por real decreto.
En este marco regulador procede que el Gobierno establezca cinco certificados de
profesionalidad de la familia profesional Administración y gestión de las áreas profesionales
de Administración y Auditoria, Gestión de la Información y Comunicación, y Finanzas y
Seguros, que se incorporarán al Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad por
niveles de cualificación profesional atendiendo a la competencia profesional requerida por
las actividades productivas, tal y como se recoge en el Artículo 4.4 y en el anexo II del Real
Decreto 1128/2003, anteriormente citado.
Con la entrada en vigor del presente real decreto, el nuevo certificado de profesionalidad
«Comercialización y administración de productos y servicios financieros», que en el mismo
se establece, sustituye al certificado de profesionalidad de la ocupación de Gestor comercial
de servicios financieros, establecido en el Real Decreto 2029/96, de 6 de septiembre, que,
en consecuencia, queda derogado. y al certificado de profesionalidad de la ocupación de
Empleado administrativo de entidades financieras, establecido en el Real Decreto 2025/96,
de 6 de septiembre, que, en consecuencia, queda derogado.
Con la entrada en vigor del presente real decreto, el nuevo certificado de profesionalidad
«Actividades de gestión administrativa», que en el mismo se establece, sustituye al
certificado de profesionalidad de la ocupación de Empleado de oficina, establecido en el
Real Decreto 311/96, de 23 de febrero, que, en consecuencia, queda derogado y al
certificado de profesionalidad de la ocupación de Administrativo comercial, establecido en
el Real Decreto 306/96, de 23 de febrero, que, en consecuencia, queda derogado.
Por otro lado, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 7 del real decreto 34/2008, de
18 de enero, se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos en el Real
Decreto 1210/2009, de 17 de julio, por el que se establecen cinco certificados de
profesionalidad de la familia profesional Administración y gestión que se incluyen en el
Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
En el proceso de elaboración de este real decreto ha emitido informe el Consejo
General de la Formación Profesional, el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo
y ha sido informada la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Trabajo e Inmigración y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de mayo de 2011,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Este real decreto tiene por objeto establecer cinco certificados de profesionalidad de la
familia profesional Administración y gestión que se incluyen en el Repertorio Nacional de
certificados de profesionalidad, regulado por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por
el que se regulan los certificados de profesionalidad, modificado por el Real Decreto
1675/2010, de 10 de diciembre.
Dichos certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el
territorio nacional y no constituyen una regulación del ejercicio profesional.
cve: BOE-A-2011-9930
Núm. 136