I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-9928)
Real Decreto 643/2011, de 9 de mayo, por el que se establecen cuatro certificados de profesionalidad de la familia profesional Energía y agua que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Miércoles 8 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 55964

ANEXO II
I.

IDENTIFICACIÓN DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD

Denominación: Gestión de la operación en centrales termoeléctricas

Código: ENAL0108
Familia profesional: Energía y Agua
Área profesional: Energía eléctrica
Nivel de cualificación profesional: 3
Cualificación profesional de referencia:
ENA359_3 Gestión de la operación en centrales termoeléctricas (RD 1698/2007 de
14 de diciembre de 2007)
Relación de unidades de competencia que configuran el certificado de
profesionalidad:
UC1198_3: Supervisar los procesos de la operación de centrales termoeléctricas en
régimen estable
UC1199_3: Controlar las maniobras de operación en centrales termoeléctricas durante
los procesos de arranque, parada y en situaciones anómalas de funcionamiento
UC1200_3: Coordinar y preparar el equipo humano implicado en el área de operación
de las centrales eléctricas
UC1201_2: Operar en planta y realizar el mantenimiento de primer nivel de centrales
termoeléctricas
Competencia general:
Gestionar, coordinar y controlar las tareas de operación, apoyar la supervisión del
proceso de producción y realizar el mantenimiento de primer nivel en las centrales
termoeléctricas garantizando el óptimo funcionamiento de la planta desde el punto
de vista de la fiabilidad, eficiencia energética y seguridad para las personas, medio
ambiente e instalaciones.
Entorno Profesional:
Ámbito profesional:
Desarrolla su actividad profesional en el área o departamento de producción de
empresas dedicadas a la generación termoeléctrica por medio de centrales térmicas
de carbón, gas, diésel, biomasa y otros combustibles, incluyendo instalaciones de
generación eléctrica termosolar y cogeneración.

Se ubica en el sector energético, subsector de producción y distribución de energía
eléctrica, gas, vapor y agua caliente, tanto en empresas eléctricas productoras
como en aquellas otras empresas industriales que posean sistemas propios de
autoabastecimiento de energía.

cve: BOE-A-2011-9928

Sectores productivos: