II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Funcionarios de los Subgrupos A2, C1 y C2. (BOE-A-2011-9948)
Orden JUS/1532/2011, de 27 de mayo, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136
Miércoles 8 de junio de 2011
Resolución.
1. Una vez formulada propuesta por la Comisión de Valoración, el presente concurso
se resolverá por Orden de este Ministerio que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado»
en la que figurará, junto al destino adjudicado el grupo de clasificación (disposición
transitoria tercera.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril), Ministerio, localidad y nivel del puesto
de origen del funcionario o, en su caso, situación administrativa de procedencia.
La resolución de concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas
en el procedimiento, como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del
procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos.
2. De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, la Directiva Comunitaria de 9 de
febrero de 1976, la Orden APU/526/2005 de 7 marzo por la que se dispone la publicación
del Acuerdo del Consejo de Ministros del 4 de marzo de 2005 por el que se aprueba el Plan
para la igualdad de género en la Administración General del Estado y el contenido de la
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la
Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y
mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las
condiciones de trabajo.
3. La presente convocatoria se resolverá en el plazo máximo de cuatro meses,
contados desde el día siguiente al de la finalización de presentación de instancias.
4. El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que con anterioridad a la finalización
del plazo posesorio los interesados obtengan otro destino bien por el procedimiento de
libre designación o por concursos convocados por Departamentos, Comunidades
Autónomas o Corporaciones Locales, en cuyo caso podrán optar por uno de los dos,
viniendo obligados a comunicar por escrito en los tres días siguientes la opción realizada
al otro Departamento en el que hubiese obtenido destino.
5. El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario o, de un mes si comporta cambio
de residencia o supone el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese,
que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la
Resolución del concurso en el « Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el
reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha
publicación.
El cómputo del plazo para el cese se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados.
El Subsecretario del Departamento donde preste servicios el funcionario podrá, no
obstante, diferir el cese por necesidades del servicio, hasta veinte días hábiles, debiendo
comunicarse a la Unidad a que haya sido destinado el funcionario.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento, por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado para la Función Pública podrá
aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses computada la prórroga prevista
en el párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores el Subsecretario del
Departamento donde haya obtenido nuevo destino el funcionario, podrá conceder una
prórroga de incorporación hasta un máximo de veinte días hábiles, si el destino implica
cambio de residencia y así lo solicita el interesado por razones justificadas.
6. A todos los efectos, y una vez realizada la toma de posesión, el plazo posesorio se
considerará como de servicio activo; excepto en el supuesto de reingreso al servicio activo
desde la situación de excedencia voluntaria o excedencia por cuidado de familiares una
vez transcurridos los dos primeros años.
7. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generarán derecho a indemnización.
8. La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Resolución del concurso,
con adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y a partir de la
cve: BOE-A-2011-9948
Séptima.
Sec. II.B. Pág. 57246
Núm. 136
Miércoles 8 de junio de 2011
Resolución.
1. Una vez formulada propuesta por la Comisión de Valoración, el presente concurso
se resolverá por Orden de este Ministerio que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado»
en la que figurará, junto al destino adjudicado el grupo de clasificación (disposición
transitoria tercera.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril), Ministerio, localidad y nivel del puesto
de origen del funcionario o, en su caso, situación administrativa de procedencia.
La resolución de concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas
en el procedimiento, como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del
procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos.
2. De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, la Directiva Comunitaria de 9 de
febrero de 1976, la Orden APU/526/2005 de 7 marzo por la que se dispone la publicación
del Acuerdo del Consejo de Ministros del 4 de marzo de 2005 por el que se aprueba el Plan
para la igualdad de género en la Administración General del Estado y el contenido de la
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la
Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y
mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las
condiciones de trabajo.
3. La presente convocatoria se resolverá en el plazo máximo de cuatro meses,
contados desde el día siguiente al de la finalización de presentación de instancias.
4. El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que con anterioridad a la finalización
del plazo posesorio los interesados obtengan otro destino bien por el procedimiento de
libre designación o por concursos convocados por Departamentos, Comunidades
Autónomas o Corporaciones Locales, en cuyo caso podrán optar por uno de los dos,
viniendo obligados a comunicar por escrito en los tres días siguientes la opción realizada
al otro Departamento en el que hubiese obtenido destino.
5. El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario o, de un mes si comporta cambio
de residencia o supone el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese,
que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la
Resolución del concurso en el « Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el
reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha
publicación.
El cómputo del plazo para el cese se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados.
El Subsecretario del Departamento donde preste servicios el funcionario podrá, no
obstante, diferir el cese por necesidades del servicio, hasta veinte días hábiles, debiendo
comunicarse a la Unidad a que haya sido destinado el funcionario.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento, por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado para la Función Pública podrá
aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses computada la prórroga prevista
en el párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores el Subsecretario del
Departamento donde haya obtenido nuevo destino el funcionario, podrá conceder una
prórroga de incorporación hasta un máximo de veinte días hábiles, si el destino implica
cambio de residencia y así lo solicita el interesado por razones justificadas.
6. A todos los efectos, y una vez realizada la toma de posesión, el plazo posesorio se
considerará como de servicio activo; excepto en el supuesto de reingreso al servicio activo
desde la situación de excedencia voluntaria o excedencia por cuidado de familiares una
vez transcurridos los dos primeros años.
7. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generarán derecho a indemnización.
8. La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Resolución del concurso,
con adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y a partir de la
cve: BOE-A-2011-9948
Séptima.
Sec. II.B. Pág. 57246