III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. Telecomunicaciones. (BOE-A-2011-9908)
Resolución de 25 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publican los requisitos técnicos de la interfaz radioeléctrica reglamentada IR-181 relativa a las aplicaciones para los sistemas de transporte inteligente en la banda de frecuencias 63 - 64 GHz.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Martes 7 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 55755
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
9908
Resolución de 25 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se
publican los requisitos técnicos de la interfaz radioeléctrica reglamentada
IR-181 relativa a las aplicaciones para los sistemas de transporte inteligente en
la banda de frecuencias 63 - 64 GHz.
El artículo 10 del Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de
conformidad de los aparatos de telecomunicaciones, aprobado por el Real
Decreto 1890/2000, de 20 de noviembre, en la redacción dada por el Real Decreto 424/2005,
de 15 de abril, establece que la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la
Sociedad de la Información publicará como resolución en el «Boletín Oficial del Estado»
las interfaces reglamentadas en España que hayan sido notificadas a la Comisión
Europea.
La presente resolución tiene como objeto la publicación de los requisitos técnicos de
la interfaz relativa a las aplicaciones para los sistemas de transporte inteligente en la
banda de frecuencias 63-64 GHz.
El cumplimiento de estos requisitos de interfaz es necesario para el uso de aplicaciones
para los sistemas de transporte inteligente en la banda de frecuencias 63 - 64 GHz
utilizados en España y no exime del cumplimiento del resto de los requisitos establecidos
en el Reglamento aprobado mediante el mencionado Real Decreto 1890/2000.
La concesión de títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico, en
su caso, está sujeta al cumplimiento de los requisitos mínimos especificados en las
interfaces radioeléctricas correspondientes a los tipos de equipos utilizados.
Esta interfaz podrá ser revisada, de acuerdo con lo establecido en el Cuadro Nacional
de Atribución de Frecuencias en vigor, como consecuencia de nuevas necesidades
nacionales en cuanto al uso eficaz del espectro radioeléctrico o bien como consecuencia
de tratados o acuerdos internacionales en los que España sea parte.
Esta disposición ha sido sometida al procedimiento de información en materia de
normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos relativos a los servicios de la
sociedad de la información, previsto en la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo de 22 de junio, modificada por la Directiva 98/48/CE, de 20 de julio, así como
en el Real Decreto 1337/1999, de 31 de julio, que incorpora estas Directivas al ordenamiento
jurídico español.
En su virtud, resuelvo publicar los requisitos de la interfaz radioeléctrica IR-181 que se
relacionan en el Anexo a esta Resolución.
cve: BOE-A-2011-9908
Madrid, 25 de mayo de 2011.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para
la Sociedad de la Información, P. D. (Orden ITC/371/2011, de 24 de febrero), el Subdirector
General de Infraestructuras y Normativa Técnica, Ricardo Alvariño Álvarez.
Núm. 135
Martes 7 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 55755
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
9908
Resolución de 25 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se
publican los requisitos técnicos de la interfaz radioeléctrica reglamentada
IR-181 relativa a las aplicaciones para los sistemas de transporte inteligente en
la banda de frecuencias 63 - 64 GHz.
El artículo 10 del Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de
conformidad de los aparatos de telecomunicaciones, aprobado por el Real
Decreto 1890/2000, de 20 de noviembre, en la redacción dada por el Real Decreto 424/2005,
de 15 de abril, establece que la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la
Sociedad de la Información publicará como resolución en el «Boletín Oficial del Estado»
las interfaces reglamentadas en España que hayan sido notificadas a la Comisión
Europea.
La presente resolución tiene como objeto la publicación de los requisitos técnicos de
la interfaz relativa a las aplicaciones para los sistemas de transporte inteligente en la
banda de frecuencias 63-64 GHz.
El cumplimiento de estos requisitos de interfaz es necesario para el uso de aplicaciones
para los sistemas de transporte inteligente en la banda de frecuencias 63 - 64 GHz
utilizados en España y no exime del cumplimiento del resto de los requisitos establecidos
en el Reglamento aprobado mediante el mencionado Real Decreto 1890/2000.
La concesión de títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico, en
su caso, está sujeta al cumplimiento de los requisitos mínimos especificados en las
interfaces radioeléctricas correspondientes a los tipos de equipos utilizados.
Esta interfaz podrá ser revisada, de acuerdo con lo establecido en el Cuadro Nacional
de Atribución de Frecuencias en vigor, como consecuencia de nuevas necesidades
nacionales en cuanto al uso eficaz del espectro radioeléctrico o bien como consecuencia
de tratados o acuerdos internacionales en los que España sea parte.
Esta disposición ha sido sometida al procedimiento de información en materia de
normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos relativos a los servicios de la
sociedad de la información, previsto en la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo de 22 de junio, modificada por la Directiva 98/48/CE, de 20 de julio, así como
en el Real Decreto 1337/1999, de 31 de julio, que incorpora estas Directivas al ordenamiento
jurídico español.
En su virtud, resuelvo publicar los requisitos de la interfaz radioeléctrica IR-181 que se
relacionan en el Anexo a esta Resolución.
cve: BOE-A-2011-9908
Madrid, 25 de mayo de 2011.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para
la Sociedad de la Información, P. D. (Orden ITC/371/2011, de 24 de febrero), el Subdirector
General de Infraestructuras y Normativa Técnica, Ricardo Alvariño Álvarez.