III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Datos de carácter personal. (BOE-A-2011-9846)
Resolución de 25 de mayo de 2011, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba la modificación de un fichero automatizado de datos de carácter personal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Lunes 6 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 55457

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
9846

Resolución de 25 de mayo de 2011, de la Dirección General de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba la modificación de
un fichero automatizado de datos de carácter personal.

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal, y artículos 52 a 54 de su Reglamento de desarrollo, aprobado
por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, establecen que la creación, modificación
o supresión de ficheros automatizados de las Administraciones Públicas, sólo podrá
hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o
«Diario Oficial» correspondiente.
La Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de
Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas
con cámaras o videocámaras, publicada en el «Boletín Oficial el Estado» del día 12 de
diciembre de 2006, establece que estos ficheros, cuando sean de titularidad pública, quedan
comprendidos en la previsión establecida en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de
13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Mediante la Orden de 27 de julio de 1994 se regularon los ficheros de datos personales
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conteniendo en dos anexos la relación
y descripción de los distintos ficheros automatizados; dicha Orden fue parcialmente
modificada por la Orden de 4 de agosto de 1995.
Con posterioridad, la Orden de 21 de diciembre de 1999 vino a sustituir los anexos de la
Orden de 27 de julio de 1994, siendo a su vez modificada por la Orden HACalle2632/2002,
de 16 de octubre, por la que se modifican y aprueban nuevos ficheros de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, y cuya disposición adicional única autoriza a su Director General,
a crear, modificar o suprimir ficheros titularidad de la misma.
La Resolución de 30 de abril de 2008, de la Dirección de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, aprobó la creación de un fichero automatizado de datos de
carácter personal cuyo anexo debe ser modificado por la Resolución que ahora se aprueba,
actualizando de este modo su contenido y, por ende, la relación de edificios de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria en los que existen medios de videovigilancia.
En virtud de dicha autorización, dispongo:
Primero.–El anexo de la Resolución de 30 de abril de 2008, de la Dirección General de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba la creación de un
fichero automatizado de datos de carácter personal, se sustituye por el que figura como
anexo de la presente Resolución.
Segundo.–Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2011-9846

Madrid, 25 de mayo de 2011.–El Director General de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, Juan Manuel López Carbajo.