III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. (BOE-A-2011-9860)
Resolución de 25 de mayo de 2011, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se publica el resumen del informe general de actividad, correspondiente al año 2010.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de junio de 2011

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2.3 Programas y proyectos.–Los planes de actuación recogen la planificación de la
Agencia con un alcance temporal igual al del Contrato de Gestión, y dichos planes, en su
concreción anual, dan lugar al plan de acción anual de la Agencia. Los programas y
proyectos a desarrollar durante los cuatro años de vigencia del Contrato de Gestión, así
como sus indicadores y el objetivo a alcanzar para cada uno de ellos, se recogen en el
anexo 6 del Contrato.
El Plan de Acción 2010, contemplaba cincuenta y ocho proyectos y programas, que
integran el conjunto de actividades concretas que debía desarrollar la Agencia en ese año
para la consecución de sus objetivos.
Asociado a cada programa o proyecto existe un indicador que permite medir el grado
o nivel de consecución del objetivo fijado a cada programa o proyecto. En el plan de acción
anual se aprueban tanto los objetivos a alcanzar como los criterios para evaluar el
cumplimiento de cada uno de los programas y proyectos.
De los cincuenta y ocho programas/proyectos incluidos en el Plan de Acción 2010, el
70% han alcanzado un grado de ejecución del 100%. Del grado de ejecución de los
proyectos resulta que las seis unidades administrativas de la Agencia tienen un índice de
cumplimiento de los objetivos de gestión en torno al 95%.
3. Aspectos más relevantes de la gestión
3.1 Creación de la sede electrónica y del registro electrónico.–Mediante Resolución
de 17 de febrero de 2010, del Director de la Agencia, se crea la sede electrónica y el
registro electrónico de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Con su implantación se pretende, por un lado, facilitar el acceso de los ciudadanos a
los servicios y garantizar la totalidad de la información y contenidos que ofrece la Agencia
y, por otro, determinar los procedimientos en los que se dispone del servicio del registro
electrónico para la recepción y remisión de los correspondientes documentos, y las
condiciones generales para la presentación de documentos electrónicos normalizados.
Además del contenido mínimo, y de los servicios previstos expresamente en los
apartados 1 y 2 del artículo 6 del Real Decreto 1671/2009, en la sede electrónica de la
Agencia se encuentran otros contenidos, entre los que cabe destacar:
Los diarios oficiales «BOE» y «BORME».
Los formularios y el procedimiento para la inserción de anuncios en los diarios
oficiales.
Las bases de datos elaboradas a partir del contenido del diario oficial «BOE» y las
elaboradas en coedición con otros organismos.
La tienda virtual.
El Catálogo de Publicaciones de la Administración General del Estado.
Las publicaciones electrónicas.
La extranet, que contiene los procedimientos de administración electrónica.
Respecto al Registro electrónico, la Resolución establece que tendrá la consideración
de registro electrónico de la Agencia, y permitirá, todos los días del año, durante las
veinticuatro horas del día, la presentación de los documentos electrónicos normalizados
correspondientes a los procedimientos de: inserción de anuncios en los diarios oficiales
«BOE» y «BORME» y presentación de quejas y sugerencias.
3.2 Nuevo procedimiento de gestión de los anuncios en los diarios oficiales.–En el
año 2009, se puso en explotación un nuevo sistema de administración electrónica,
desarrollado con medios propios de la Agencia, para la gestión de los anuncios que se
publican en los diarios oficiales «BOE» y «BORME», en Internet para el ciudadano, y en la
Intranet para la gestión, que mejoró y facilitó sustancialmente la inserción de anuncios y su
gestión interna.
Posteriormente se consideró conveniente también utilizar para el pago de la tasa de
los anuncios, la pasarela de pagos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
(AEAT), de forma que facilitara la gestión a los anunciantes al permitirles utilizar todas las

cve: BOE-A-2011-9860

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