III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. (BOE-A-2011-9860)
Resolución de 25 de mayo de 2011, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se publica el resumen del informe general de actividad, correspondiente al año 2010.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de junio de 2011

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420 y siguientes del Reglamento del Registro Mercantil, y demás disposiciones y actos
que legal o reglamentariamente se determine.
Asimismo, es competente para la publicación y difusión en cualquier soporte, por sí
misma o en colaboración con otras administraciones públicas, ministerios, organismos o
entidades de derecho público, de repertorios, compilaciones, textos legales y separatas de
disposiciones que se consideren de especial interés, así como la permanente actualización
y consolidación de lo publicado.
La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado se constituye como organismo
especializado de la Administración General del Estado para la edición y distribución de
publicaciones oficiales, y tiene la consideración de medio propio instrumental de la
Administración General del Estado y de sus organismos y entidades de derecho.
Los órganos de gobierno de la Agencia son el Presidente y el Consejo Rector.
El órgano ejecutivo de la Agencia es su Director, nombrado y separado por el Consejo
Rector a propuesta del Presidente.
Del Director de la Agencia dependen las siguientes unidades:
La Secretaría General.
La Subdirección de la Imprenta Nacional.
El Departamento de Gestión Editorial, Documentación e Información.
El Departamento de Tecnologías de la Información.
El Departamento de Recursos Humanos y Relaciones Laborales.
El Departamento de Programación, Seguimiento y Evaluación de la Gestión.
2. Seguimiento del contrato de gestión y del plan de acción anual
2.1 Objetivos estratégicos.–Partiendo de las competencias y funciones encomendadas,
por la ley, a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, y el escenario en el que desarrollaría
su actividad en los años de vigencia del Contrato de Gestión (2009-2012) se establecieron
los siguientes tres objetivos estratégicos:
Objetivo 1: Cumplir eficientemente y en la forma legalmente prevista, el servicio público
de publicidad de las normas y de aquellas otras disposiciones o actos que el ordenamiento
jurídico considera que deben ser publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y en el
«Boletín Oficial del Registro Mercantil».
Objetivo 2: Llevar a cabo la máxima difusión de la legislación y demás contenidos del
diario oficial, facilitando su acceso a los ciudadanos en general, así como a profesionales,
empresas y otros clientes de la Agencia.
Objetivo 3: Ser la imprenta y el distribuidor «de referencia» de la Administración General
del Estado y sus organismos de derecho público para todo tipo de publicaciones oficiales,
así como para realizar todo tipo de trabajos que constituyen los fines de la Agencia, y prestar
dichos servicios a otras administraciones públicas en los términos que se acuerden.
Para evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos estratégicos, se establecieron
una serie de indicadores de gestión y de impacto que se analizan a continuación.
2.1.1 Publicación de los diarios oficiales.–La competencia de publicar los diarios
oficiales dio lugar al establecimiento del primer objetivo estratégico. Para determinar su
grado de cumplimiento se establecieron los siguientes cinco indicadores:
Publicación del diario «Boletín Oficial del Estado» en la sede electrónica de la Agencia,
antes de las 8 horas, todos los días del año, excepto los domingos: El diario «Boletín
Oficial del Estado» se ha publicado todos los días que corresponde su publicación antes
de las 8 horas. Además durante el año, se han publicado cinco números extraordinarios.
Publicación del periódico «Boletín Oficial del Registro Mercantil» en la sede electrónica
de la Agencia, antes de las 8 horas, todos los días del año excepto sábados, domingos y
festivos en la localidad de Madrid: El periódico «Boletín Oficial del Registro Mercantil» se
ha publicado antes de las 8 horas todos los días que corresponde su publicación.

cve: BOE-A-2011-9860

Núm. 134