IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2011-18874)
PALMA DE MALLORCA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Lunes 6 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 63207
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
18874
PALMA DE MALLORCA
Edicto
Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo
Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:
Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I
declaración concurso 252/2011, se ha dictado a instancias de Construcciones
Gómez Quintero, S.A., en fecha 17 de mayo de 2011, auto de declaración de
concurso voluntario del deudor Construcciones Gómez Quintero, S.A., con numero
de CIF A-07091416, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Capdepera,
Manacor.
Segundo.- Se ha acordado la intervención por la Administración Concursal de
las facultades de administración y disposición de la entidad declarada en concurso.
Tercero.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para
que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus
créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley
Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de
quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín
Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro
interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y
en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor,
así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y
vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se
invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso,
los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas
del título o de los documentos relativos al crédito.
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado/a
(artículo 184.3 Ley Concursal).
Palma de Mallorca, 17 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.
cve: BOE-B-2011-18874
ID: A110045882-1
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 134
Lunes 6 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 63207
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
18874
PALMA DE MALLORCA
Edicto
Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo
Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:
Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I
declaración concurso 252/2011, se ha dictado a instancias de Construcciones
Gómez Quintero, S.A., en fecha 17 de mayo de 2011, auto de declaración de
concurso voluntario del deudor Construcciones Gómez Quintero, S.A., con numero
de CIF A-07091416, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Capdepera,
Manacor.
Segundo.- Se ha acordado la intervención por la Administración Concursal de
las facultades de administración y disposición de la entidad declarada en concurso.
Tercero.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para
que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus
créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley
Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de
quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín
Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro
interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y
en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor,
así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y
vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se
invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso,
los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas
del título o de los documentos relativos al crédito.
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado/a
(artículo 184.3 Ley Concursal).
Palma de Mallorca, 17 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.
cve: BOE-B-2011-18874
ID: A110045882-1
http://www.boe.es
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