III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE FOMENTO. Aeropuertos. (BOE-A-2011-9850)
Orden FOM/1508/2011, de 18 de mayo, por la que se modifica la denominación oficial del Aeropuerto de Barcelona.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Lunes 6 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 55467
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE FOMENTO
9850
Orden FOM/1508/2011, de 18 de mayo, por la que se modifica la denominación
oficial del Aeropuerto de Barcelona.
El Aeropuerto de Barcelona, declarado de interés general del Estado, según el
artículo 149.1.20.a de la Constitución y el Real Decreto 2858/1981, de 27 de noviembre,
sobre calificación de aeropuertos civiles, está clasificado como «Aeropuerto de primera
categoría» por el Real Decreto 1064/1991, de 5 de julio, sobre derechos aeroportuarios en
los aeropuertos nacionales, y como aeropuerto de categoría «A» por el Decreto 3168/1971,
de 9 de diciembre, por el que se modifican las servidumbres aeronáuticas y la de los
terrenos inmediatos a las instalaciones radioeléctricas de ayuda a la navegación aérea del
Aeropuerto de Barcelona. El Plan Director de dicho Aeropuerto fue aprobado por Orden
de 22 de octubre de 1999.
Con fecha 25 de noviembre de 2008 el Alcalde del Ayuntamiento del Prat de Llobregat
solicita, que el Aeropuerto de Barcelona incluya el nombre de esta ciudad en la denominación
del Aeropuerto de Barcelona, en base a razones históricas y prácticas, con objeto de
asegurar la normalización de la denominación de dicho Aeropuerto conforme a la práctica
habitual de las personas que utilizan el mismo, medios de comunicación y ciudadanía en
general, refiriéndose a éste indistintamente con el nombre de «El Prat» o de «Barcelona»,
y en línea con otros aeropuertos europeos, que han incluido en el nombre de la infraestructura
aeroportuaria el de la ciudad que la acoge.
En virtud de lo anteriormente expuesto y tras haber procedido a consultar el cambio de
denominación a las administraciones territoriales afectadas por la modificación, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo:
Primero.–Modificar la denominación oficial de «Aeropuerto de Barcelona» que en
adelante pasará a denominarse «Aeropuerto de Barcelona-El Prat».
Segundo.–Las referencias al Aeropuerto de Barcelona contenidas en la Ley 39/2010,
de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011; en el Real
Decreto 2051/2004, de 11 de octubre, por el que se modifican las servidumbres aeronáuticas
del Aeropuerto de Barcelona; en la Orden de 22 de octubre de 1999, por la que se aprueba
el Plan Director del Aeropuerto de Barcelona; en la Orden PRE/229/2003, de 5 de febrero,
por la que se crea la Comisión de Seguimiento Ambiental de las Obras de Ampliación del
Aeropuerto de Barcelona (Plan Barcelona); en la Orden FOM/405/2003, de 25 de febrero,
por la que se modifica la clasificación de aeropuertos a efectos de la tasa de aproximación;
en la Orden de 31 de enero de 2007, por la que se modifica la clasificación de aeropuertos
a efectos de la tasa por prestación de servicios y utilización del dominio público aeroportuario;
en la Orden PRE/2462/2010, de 23 de septiembre, por la que se crea la Comisión Mixta
para las Servidumbres Acústicas y el Plan de Acción del Aeropuerto de Barcelona; en la
Orden de 16 de noviembre de 2010, por la que se aprueban las servidumbres aeronáuticas
acústicas, el plan de acción asociado y el mapa de ruido del Aeropuerto de Barcelona,
deben entenderse realizadas al «Aeropuerto de Barcelona-El Prat».
cve: BOE-A-2011-9850
Madrid, 18 de mayo de 2011.–El Ministro de Fomento, José Blanco López.
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 134
Lunes 6 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 55467
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE FOMENTO
9850
Orden FOM/1508/2011, de 18 de mayo, por la que se modifica la denominación
oficial del Aeropuerto de Barcelona.
El Aeropuerto de Barcelona, declarado de interés general del Estado, según el
artículo 149.1.20.a de la Constitución y el Real Decreto 2858/1981, de 27 de noviembre,
sobre calificación de aeropuertos civiles, está clasificado como «Aeropuerto de primera
categoría» por el Real Decreto 1064/1991, de 5 de julio, sobre derechos aeroportuarios en
los aeropuertos nacionales, y como aeropuerto de categoría «A» por el Decreto 3168/1971,
de 9 de diciembre, por el que se modifican las servidumbres aeronáuticas y la de los
terrenos inmediatos a las instalaciones radioeléctricas de ayuda a la navegación aérea del
Aeropuerto de Barcelona. El Plan Director de dicho Aeropuerto fue aprobado por Orden
de 22 de octubre de 1999.
Con fecha 25 de noviembre de 2008 el Alcalde del Ayuntamiento del Prat de Llobregat
solicita, que el Aeropuerto de Barcelona incluya el nombre de esta ciudad en la denominación
del Aeropuerto de Barcelona, en base a razones históricas y prácticas, con objeto de
asegurar la normalización de la denominación de dicho Aeropuerto conforme a la práctica
habitual de las personas que utilizan el mismo, medios de comunicación y ciudadanía en
general, refiriéndose a éste indistintamente con el nombre de «El Prat» o de «Barcelona»,
y en línea con otros aeropuertos europeos, que han incluido en el nombre de la infraestructura
aeroportuaria el de la ciudad que la acoge.
En virtud de lo anteriormente expuesto y tras haber procedido a consultar el cambio de
denominación a las administraciones territoriales afectadas por la modificación, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo:
Primero.–Modificar la denominación oficial de «Aeropuerto de Barcelona» que en
adelante pasará a denominarse «Aeropuerto de Barcelona-El Prat».
Segundo.–Las referencias al Aeropuerto de Barcelona contenidas en la Ley 39/2010,
de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011; en el Real
Decreto 2051/2004, de 11 de octubre, por el que se modifican las servidumbres aeronáuticas
del Aeropuerto de Barcelona; en la Orden de 22 de octubre de 1999, por la que se aprueba
el Plan Director del Aeropuerto de Barcelona; en la Orden PRE/229/2003, de 5 de febrero,
por la que se crea la Comisión de Seguimiento Ambiental de las Obras de Ampliación del
Aeropuerto de Barcelona (Plan Barcelona); en la Orden FOM/405/2003, de 25 de febrero,
por la que se modifica la clasificación de aeropuertos a efectos de la tasa de aproximación;
en la Orden de 31 de enero de 2007, por la que se modifica la clasificación de aeropuertos
a efectos de la tasa por prestación de servicios y utilización del dominio público aeroportuario;
en la Orden PRE/2462/2010, de 23 de septiembre, por la que se crea la Comisión Mixta
para las Servidumbres Acústicas y el Plan de Acción del Aeropuerto de Barcelona; en la
Orden de 16 de noviembre de 2010, por la que se aprueban las servidumbres aeronáuticas
acústicas, el plan de acción asociado y el mapa de ruido del Aeropuerto de Barcelona,
deben entenderse realizadas al «Aeropuerto de Barcelona-El Prat».
cve: BOE-A-2011-9850
Madrid, 18 de mayo de 2011.–El Ministro de Fomento, José Blanco López.
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X