II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Destinos. (BOE-A-2011-9799)
Orden EHA/1494/2011, de 16 de mayo, por la que se resuelve el concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral, convocado por Orden EHA/2919/2010, de 26 de octubre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Lunes 6 de junio de 2011

Sec. II.A. Pág. 55291

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A.

Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
9799

Orden EHA/1494/2011, de 16 de mayo, por la que se resuelve el concurso de
traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral, convocado
por Orden EHA/2919/2010, de 26 de octubre.

Primero.–La adjudicación de los puestos de trabajo convocados en dicha Orden así
como la de los puestos a resultas. Las relaciones de adjudicatarios se publicarán en la
página web de este Departamento www.meh.es así como en la del Ministerio de Política
Territorial y Administración Pública.
La adjudicación de los puestos de trabajo que tengan el requisito «Permiso de
Conducción B» estarán condicionados al resultado del reconocimiento médico previsto en
el punto 5 de la base sexta de la Orden EHA/2919/2010, excepto en el caso de que el
adjudicatario se hubiera sometido ya a dicho reconocimiento como consecuencia de un
reingreso provisional.
Segundo.–Los puestos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios y, en
consecuencia, no generarán derecho a indemnización por concepto alguno.
Asimismo, serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de
posesión, los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública. En tal
caso, deberán optar por uno de estos destinos, debiendo comunicar por escrito, en los tres
días siguientes la renuncia al puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación del
Departamento en que hubiere obtenido destino, así como forma de provisión y fecha de
nombramiento.
Tercero.–La incorporación al puesto adjudicado se realizará en el plazo de tres días
hábiles si no existe cambio de residencia del trabajador o en el de un mes si comporta
cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo para la incorporación comenzará a computarse a partir del día siguiente al del
cese, que deberá producirse en el plazo de los tres días hábiles siguientes a la publicación
de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado. Si la resolución del concurso comportara el
reingreso al servicio activo, el plazo de incorporación deberá computarse desde dicha
publicación.
El cómputo de los plazos de cese e incorporación se iniciará el día siguiente al de la
finalización de los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los
interesados o el día siguiente al que se produzca el alta médica, en caso de que el
trabajador se encuentre de baja por incapacidad temporal.
Cuarto.–Los adjudicatarios deberán permanecer dos años como mínimo en el nuevo
destino antes de volver a concursar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.4 del III
Convenio Único del Personal Laboral de la Administración General del Estado.
Contra la presente Orden, podrá interponerse demanda ante la jurisdicción social,
previa reclamación ante la Subsecretaría del Ministerio de Economía y Hacienda, en el
plazo de veinte días desde su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo
59.4 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de

cve: BOE-A-2011-9799

Por Orden EHA/2919/2010, de 26 de octubre, se convocó concurso de traslados para
la provisión de puestos de trabajo de personal laboral en el ámbito del III Convenio
Único.
Una vez valorados los méritos alegados por los aspirantes a los puestos convocados
de acuerdo con las bases de la convocatoria y las normas reglamentarias, este Ministerio
resuelve: