IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2011-18851)
CIUDAD REAL
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Lunes 6 de junio de 2011

Sec. IV. Pág. 63183

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

18851

CIUDAD REAL

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real,
Hago saber:
1.º Que en la Sección I de Declaración del Concurso de los autos de Concurso
Abreviado Voluntario seguidos en este órgano judicial con el n.º 0820/2010-A se ha
dictado en fecha 01-06-2011 Auto de declaración de Concurso Voluntario de la
entidad deudora ESTRUCTURAS Y FORJADOS CAROS, S.L.U. (EN
LIQUIDACION), con CIF. n.º B-13338868 y domicilio social en C/ Teófila Sánchez,
n.º 3, bajo D, de la localidad de Bolaños de Calatrava (Ciudad Real), cuyo centro
de intereses principales lo tiene en dicha localidad.
2.º Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y
disposición de su patrimonio que seguirá ejerciendo el deudor quedando sometido
el ejercicio de éstas a la intervención del/de los Administrador/es Concursal/es,
mediante su autorización o conformidad.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo
de UN MES a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial
del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado
en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se
expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como
los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento,
características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio
especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales,
acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los
documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una
copia de todo ello.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(artículo 184.3 LC).
Ciudad Real, 1 de junio de 2011.- El Secretario Judicial.

cve: BOE-B-2011-18851

ID: A110046863-1

http://www.boe.es

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X