V. Anuncios. - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones. OTROS PODERES ADJUDICADORES. (BOE-B-2011-18966)
Anuncio de venta extrajudicial del notario de Elda, doña María Cristina López Esteve.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Lunes 6 de junio de 2011

Sec. V-A. Pág. 63338

V. Anuncios
A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
OTROS PODERES ADJUDICADORES

18966

Anuncio de venta extrajudicial del notario de Elda, doña María Cristina
López Esteve.

María Cristina López Esteve, Notario del Ilustre Colegio de Valencia con
residencia en Elda,
Hago saber: Que en mi notaría, sita en Elda (Alicante), calle Hilarión Eslava,
número 6, se tramita venta extrajudicial, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria,
de la siguiente finca hipotecada:
Vivienda en planta primera, sita en Elda, calle Zarzuela, nº 3.
Inscripción.- Registro de la Propiedad de Elda número Dos, al tomo 2.066, libro
864, folio 207, finca 25.766.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaría. La 1.ª subasta el siete de julio del dos mil once a
las 11:00 horas, siendo el tipo base de setenta y site mil novecientos sesenta y un
con cincuenta y ocho (77.961,58) euros; de no haber postor o si resultare fallida, la
2ª subasta el once de agosto del dos mil once a las 11:00 horas, cuyo tipo será el
75 por 100 de la primera; en los mismos casos, la 3ª subasta el veinte de
septiembre del dos mil once a las 11:00 horas sin sujeción a tipo; y si hubiere
pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor
postor el veintisiete de septiembre del dos mil once a las 11:00 horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos
236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaria de
lunes a viernes de 9:30 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como
bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la
hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán
consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30
por 100 del tipo que corresponda en la 1ª y 2ª subasta y en la 3ª un 20 por 100 del
tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán
hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del
depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del
acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá
hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Elda, 27 de mayo de 2011.- Notario.

cve: BOE-B-2011-18966

ID: A110045954-1

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X