Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2025-3984)
BOP-2025-3984 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por la Prestación del Servicio de Actividades Culturales prestadas por el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
ANUNCIO. Aprobación DEFINITIVA de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA
DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
ACTIVIDADES CULTURALES PRESTADAS POR EL AYUNTAMIENTO DE
MALPARTIDA DE CACERES(Cáceres).
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional adoptado en
sesión extraordinaria celebrada el día 13 de Junio de 2025 de este Ayuntamiento de
Malpartida de Cáceres que se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
de 17 de Junio de 2025, nº 113 sobre aprobación de la Ordenanza Fiscal por la que se
regula el precio público ppr la prestación del servicio de actividades culturales prestadas
por el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres (Cáceres), cuyo texto íntegro se hace
público en cumplimiento de los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de Régimen Local
y 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
“ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES CULTURALES
PRESTADAS POR EL AYUNTAMIENTO DE MALPARTIDA DE CACERES.
Cód.
Validación:
ACY46S52QSAT62MXDPTK2YFTK
Verificación:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
1
de
16
CVE:
BOP-2025-3984
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 1 de agosto de 2025
N.º 0146
Pág. 18015
DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
ACTIVIDADES CULTURALES PRESTADAS POR EL AYUNTAMIENTO DE
MALPARTIDA DE CACERES(Cáceres).
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional adoptado en
sesión extraordinaria celebrada el día 13 de Junio de 2025 de este Ayuntamiento de
Malpartida de Cáceres que se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
de 17 de Junio de 2025, nº 113 sobre aprobación de la Ordenanza Fiscal por la que se
regula el precio público ppr la prestación del servicio de actividades culturales prestadas
por el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres (Cáceres), cuyo texto íntegro se hace
público en cumplimiento de los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de Régimen Local
y 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
“ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES CULTURALES
PRESTADAS POR EL AYUNTAMIENTO DE MALPARTIDA DE CACERES.
Cód.
Validación:
ACY46S52QSAT62MXDPTK2YFTK
Verificación:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
1
de
16
CVE:
BOP-2025-3984
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 1 de agosto de 2025
N.º 0146
Pág. 18015