Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2025-3948)
BOP-2025-3948 Aprobación de las bases que regirán el "XII Certamen de peñas 2025" durante las ferias y fiestas de Agosto 2025.
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Firmado por: ANTONIO CRUZ MORGADO - Secretario/a Fecha: 29-07-2025 10:37:57
ANTONIO DIAZ ALIAS - Alcalde Presidente Fecha: 29-07-2025 12:24:33
Registrado en: RESOLUCIONES O DECRETOS - Nº: 1392/2025 Fecha: 29-07-2025 12:25
Código Seguro de Verificación (CSV): C7FE5C89CF0FCD4F130F114AFA96B00E
Comprobación CSV: https://miajadas.eadministracion.es/home/validador/C7FE5C89CF0FCD4F130F114AFA96B00E
Fecha de sellado electrónico: 29-07-2025 12:25:55 Fecha de emisión de esta copia: 29-07-2025 13:46:14
Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
Asimismo, debemos destacar que las bases reguladoras de la convocatoria, al contrario de las
convocatorias, tiene carácter reglamentario por lo que la competencia para su aprobación recae en el
Pleno de conformidad con lo establecido en el artículo 22.2.d de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases del Régimen Local.
6. Plazo de presentación de solicitudes y documentación.
Las solicitudes se formularán en el modelo que estará a disposición de los/as interesados/as a través del
formulario online, el cual se debe de rellenar y adjuntar los anexos que sean necesario para formalizar las
inscripciones para el concurso de peña, se publicaran por cualquiera de los medios señalados en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas hasta las 14:00 horas del día 4 de agosto.
7. Propuesta de resolución definitiva y notificación.
Una vez evaluadas las solicitudes por el órgano instructor se formulará la propuesta de resolución
definitiva.
La propuesta de resolución se notificará a los/as interesados/as que hayan sido propuestos como
beneficiarios/as.
El Jurado estará designado por la Concejalía de Festejos y Juventud del Ayuntamiento de Miajadas.
El Jurado podrá declarar desierto cualquiera de los premios si considera que no se cubren unos méritos
mínimos.
8. Subvención
Todas las peñas inscritas, tendrán una ayuda económica de 80€, de las cuales deberán de cumplir
los siguientes requisitos:
 Contar con un mínimo de 15 componentes debidamente inscritos.
 Estar presentes durante los días indicados en el programa de Feria y Fiestas de Agosto.
El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos implicará la pérdida del derecho a dicha ayuda.
9. Fin a la vía administrativa.
El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa.
De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución podrá
interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el término de un
mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien directamente recurso
contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Cáceres, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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CVE:
BOP-2025-3948
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 31 de julio de 2025
N.º 0145
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