Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acehúche. (BOP-2025-3905)
BOP-2025-3905 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Acehúche
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE
CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
Artículo 1. Fundamento Legal
En uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la
Constitución Española, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.1 en concordancia con el artículo 59.2
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece la regulación
del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, que se regirá por la
presente Ordenanza fiscal cuyas normas atienden a lo previsto en los artículos 100 a
103 del citado texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
La Ordenanza será de aplicación en todo el término municipal.
Artículo 2.- Naturaleza Jurídica y Hecho Imponible.
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es un tributo
indirecto cuyo hecho imponible está constituido por la realización, dentro del término
municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija
obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o
no dicha licencia, o para la que se exija presentación de declaración responsable o
comunicación previa, siempre que la expedición de la licencia o la actividad de
control corresponda al ayuntamiento de la imposición
Artículo 3.- Construcciones, Instalaciones y Obras Sujetas.
Son construcciones, instalaciones y obras sujetas al Impuesto todas
aquellas cuya ejecución implique la realización del hecho imponible definido en el
artículo anterior, y en particular las siguientes:
a) Las obras de toda clase de nueva planta.
b) La demolición de edificaciones y construcciones, salvo en los supuestos
de declaración de ruina inminente.
Ayuntamiento de Acehúche
Avenida Juan de Morales, 64, Acehúche. 10879 (Cáceres). Tfno. 927374142. Fax: 927374178
Cód.
Validación:
AT494MNATSKCCNCS5XPGHZNJ6
Verificación:
https://acehuche.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
1
de
8
CVE:
BOP-2025-3905
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de julio de 2025
N.º 0144
Pág. 17632