Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejoncillo. (BOP-2025-3874)
BOP-2025-3874 Aprobación Reglamento Régimen Interno del Prog. Colaborativo Rural Ateneo "El Gajo".
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o Expulsión, extinción del contrato por despido disciplinario.
16. RÉGIMEN JURÍDICO, JURISDICCIÓN.
COMPETENTE, ENTRADA EN VIGOR, VIGENCIA Y MODIFICACIÓN
Régimen Jurídico.- En lo no establecido en el presente Reglamento de Régimen Interno, se
estará a la legislación laboral, legislación de régimen local, normativa del Organismo
Autónomo del Servicio Extremeño Público de empleo, y demás aplicable.
Jurisdicción competente.- La Jurisdicción Social, es la competente para conocer acerca de las
cuestiones que conciernen a las relaciones laborales que se puedan suscitar entre la Entidad
Promotora y el alumnado trabajador, así como entre ésta y los integrantes del equipo
formativo.
Entrada en vigor. - El presente Reglamento, entrará en vigor una vez haya sido aprobado
íntegramente por el equipo y el Ayuntamiento de Torrejoncillo.
Vigencia.- Se mantendrá vigente hasta la finalización del programa, todo ello sin perjuicio de
las disposiciones legales aplicables.
Modificación/Reforma.- La Entidad Promotora a iniciativa propia o a requerimiento de la
Coordinadora / Técnico Tutora, podrá acordar las modificaciones que se estimen convenientes
al presente Reglamento de Régimen Interno, con sujeción a los trámites establecidos para su
aprobación, y observancia de las disposiciones legales vigentes.
Quedan exceptuadas las modificaciones que se consideran impuestas y directamente
aplicables por reformas que se produzca durante su vigencia en la normativa que regula la
materia.
Torrejoncillo a de 2025
Página
12
Cód.
Validación:
327EYFAF5LQGECAQ63SDL5GX4
Verificación:
https://torrejoncillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
12
de
13
CVE:
BOP-2025-3874
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 28 de julio de 2025
N.º 0142
Pág. 17526
16. RÉGIMEN JURÍDICO, JURISDICCIÓN.
COMPETENTE, ENTRADA EN VIGOR, VIGENCIA Y MODIFICACIÓN
Régimen Jurídico.- En lo no establecido en el presente Reglamento de Régimen Interno, se
estará a la legislación laboral, legislación de régimen local, normativa del Organismo
Autónomo del Servicio Extremeño Público de empleo, y demás aplicable.
Jurisdicción competente.- La Jurisdicción Social, es la competente para conocer acerca de las
cuestiones que conciernen a las relaciones laborales que se puedan suscitar entre la Entidad
Promotora y el alumnado trabajador, así como entre ésta y los integrantes del equipo
formativo.
Entrada en vigor. - El presente Reglamento, entrará en vigor una vez haya sido aprobado
íntegramente por el equipo y el Ayuntamiento de Torrejoncillo.
Vigencia.- Se mantendrá vigente hasta la finalización del programa, todo ello sin perjuicio de
las disposiciones legales aplicables.
Modificación/Reforma.- La Entidad Promotora a iniciativa propia o a requerimiento de la
Coordinadora / Técnico Tutora, podrá acordar las modificaciones que se estimen convenientes
al presente Reglamento de Régimen Interno, con sujeción a los trámites establecidos para su
aprobación, y observancia de las disposiciones legales vigentes.
Quedan exceptuadas las modificaciones que se consideran impuestas y directamente
aplicables por reformas que se produzca durante su vigencia en la normativa que regula la
materia.
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Lunes, 28 de julio de 2025
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