Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Presidencia de la Junta de Extremadura, Interior y Diálogo Social. (BOP-2025-3837)
BOP-2025-3837 Convocatoria proceso unificado para la provisión de 68 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de Extremadura.
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precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025, la tasa por derechos
de examen será de 23,12 €, correspondiente al Grupo de Titulación Administrativos/Grupo III.
Su ingreso se efectuará a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras con la
Junta de Extremadura, o bien telemáticamente de la forma que se indica en este apartado.
En caso de optar por el ingreso a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras,
deberá figurar el sello de la entidad bancaria en el recuadro correspondiente a “Prestaciones
Patrimoniales: Derechos de examen”, acreditativo del pago de los derechos de examen.
En caso de optar por el pago telemático de la tasa, se efectuará a través de la página web
https://modelo050.juntaex.es/modelo050/, siendo el código de la tasa por derechos de examen
el 10016-1, debiendo acompañarse a la solicitud el documento justificativo del ingreso.
En ningún caso, la presentación de la solicitud para el abono de la tasa en las oficinas bancarias
colaboradoras o bien el pago telemático de la tasa supondrán la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud conforme a lo dispuesto en los apartados
anteriores.
Están exentos del pago de esta tasa:
a) Las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o parejas de hecho,
así como sus hijos, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Las personas que tengan la consideración de víctimas de violencia de género a que hace
referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra
la Violencia de Género, y que así lo acrediten.
Se establece una bonificación parcial del 50 % de la cuota, para la participación en el proceso de
selección de quienes se encuentren en situación legal de desempleo durante, al menos, los tres
meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Extremadura
http://doe.juntaex.es, de la correspondiente convocatoria. Será requisito para el disfrute de la
bonificación que, en el plazo citado, se encuentre sin ocupación laboral efectiva en el sistema de
la Seguridad Social.
La situación de desempleo se acreditará mediante informe de vida laboral expedido por la
Tesorería General de la Seguridad Social.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen, o de encontrarse exenta o exento,
determinará la exclusión del/la aspirante.
Por otra parte, los aspirantes que acrediten la condición de tercer o ulterior hijos dependientes
de sus padres, cuando el domicilio familiar radique en Extremadura con dos años de antelación
a la solicitud del beneficio fiscal y que la unidad familiar tenga unas rentas menores cinco veces
el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), se les reintegrarán los derechos de exámenes
ingresados, siempre que, efectivamente, participen en las pruebas selectivas que se convoquen y
soliciten la devolución del ingreso.
Base cuarta. - Admisión de personas candidatas.
CVE:
BOP-2025-3837
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de julio de 2025
N.º 0140
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