Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Presidencia de la Junta de Extremadura, Interior y Diálogo Social. (BOP-2025-3837)
BOP-2025-3837 Convocatoria proceso unificado para la provisión de 68 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de Extremadura.
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La calificación definitiva de la fase de oposición será la media aritmética de las valoraciones
globales otorgadas en las pruebas teórica, práctica y física a las personas aspirantes declaradas
aptas en las otras pruebas.
La puntuación total alcanzada por cada aspirante que haya superado la fase de oposición
determinará el orden de la clasificación definitiva.
En caso de que dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener
en cuenta, a efectos de desempate, y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese
serán:
1. Mayor puntuación en la prueba de conocimiento tipo test.
2. Mayor puntuación en la prueba práctica.
3. Menor número de respuestas incorrectas en la prueba de conocimiento tipo test.
4. Menor número de respuestas no contestadas en la prueba de conocimiento tipo test.
5. Por último, y de persistir el empate, se dará preferencia a la candidatura del sexo con
menor presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en Extremadura, cuándo éste
no represente, al menos, el 40 por ciento de la totalidad.
8.2. Relación de personas aprobadas.
Terminada la calificación de las personas aspirantes aprobadas, el Tribunal publicará un anuncio
que contendrá las seleccionadas, por orden decreciente de puntuación, que será elevado a la
Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil.
Asimismo, el órgano de selección elaborará, también por orden decreciente de puntuación, una
lista de reserva con un número de personas aspirantes que será, como máximo, igual al de
aprobadas. En la lista de reserva figurarán aquellas que, aunque superaron el proceso selectivo,
no resultaron aprobadas por obtener una puntuación inferior a la de la última persona que
obtuvo plaza. Esta relación será igualmente remitida por el Tribunal de selección a la Secretaría
General de Interior, Emergencias y Protección Civil.
8.3. Elección de plaza.
La Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil convocará a las personas
aprobadas y que ha obtenido plaza conforme a lo dispuesto en el apartado anterior, a una
reunión presencial a fin de elegir plaza dentro de las comprendidas en la convocatoria, por
riguroso orden de la puntuación obtenida en la fase de oposición.
Durante dicho acto, cada uno de los aspirantes admitidos al mismo procederá a la elección de
todas las plazas convocadas por orden decreciente de preferencia.
La concurrencia por parte de las personas aprobadas a este acto es obligatoria, con la única
excepción prevista en el apartado c) de la base séptima segunda para las mujeres embarazadas.
A las personas aprobadas que no comparezcan personalmente o por medio de representante,
una vez concluido el proceso de adjudicación de plazas, les serán adjudicadas las restantes según
CVE:
BOP-2025-3837
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de julio de 2025
N.º 0140
Pág. 17357
La calificación definitiva de la fase de oposición será la media aritmética de las valoraciones
globales otorgadas en las pruebas teórica, práctica y física a las personas aspirantes declaradas
aptas en las otras pruebas.
La puntuación total alcanzada por cada aspirante que haya superado la fase de oposición
determinará el orden de la clasificación definitiva.
En caso de que dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener
en cuenta, a efectos de desempate, y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese
serán:
1. Mayor puntuación en la prueba de conocimiento tipo test.
2. Mayor puntuación en la prueba práctica.
3. Menor número de respuestas incorrectas en la prueba de conocimiento tipo test.
4. Menor número de respuestas no contestadas en la prueba de conocimiento tipo test.
5. Por último, y de persistir el empate, se dará preferencia a la candidatura del sexo con
menor presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en Extremadura, cuándo éste
no represente, al menos, el 40 por ciento de la totalidad.
8.2. Relación de personas aprobadas.
Terminada la calificación de las personas aspirantes aprobadas, el Tribunal publicará un anuncio
que contendrá las seleccionadas, por orden decreciente de puntuación, que será elevado a la
Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil.
Asimismo, el órgano de selección elaborará, también por orden decreciente de puntuación, una
lista de reserva con un número de personas aspirantes que será, como máximo, igual al de
aprobadas. En la lista de reserva figurarán aquellas que, aunque superaron el proceso selectivo,
no resultaron aprobadas por obtener una puntuación inferior a la de la última persona que
obtuvo plaza. Esta relación será igualmente remitida por el Tribunal de selección a la Secretaría
General de Interior, Emergencias y Protección Civil.
8.3. Elección de plaza.
La Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil convocará a las personas
aprobadas y que ha obtenido plaza conforme a lo dispuesto en el apartado anterior, a una
reunión presencial a fin de elegir plaza dentro de las comprendidas en la convocatoria, por
riguroso orden de la puntuación obtenida en la fase de oposición.
Durante dicho acto, cada uno de los aspirantes admitidos al mismo procederá a la elección de
todas las plazas convocadas por orden decreciente de preferencia.
La concurrencia por parte de las personas aprobadas a este acto es obligatoria, con la única
excepción prevista en el apartado c) de la base séptima segunda para las mujeres embarazadas.
A las personas aprobadas que no comparezcan personalmente o por medio de representante,
una vez concluido el proceso de adjudicación de plazas, les serán adjudicadas las restantes según
CVE:
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Verificable
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Jueves, 24 de julio de 2025
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