Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Huélaga. (BOP-2025-3804)
BOP-2025-3804 Licencia Autotaxi.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Calle Eras, 5 C.P. 10.849 Teléfono 927 51 90 16 Fax 927 51 90 54
C.I.F. P-1010400-H
e-mail: administracion@huelaga.es
La persona adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos), en cumplimiento de los
principios de integridad y confidencialidad, debe tratar los datos personales a los que tenga
acceso de forma que garantice una seguridad adecuada incluida la protección contra el
tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental,
mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con lo
establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento
2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de
datos). Esta obligación es complementaria de los deberes de secreto profesional y subsistirá
aunque haya finalizado el contrato con el responsable del tratamiento de los datos
(Ayuntamiento).
15.2 Tratamiento de Datos
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter
Personal y en el Reglamento general de protección de datos, los licitadores quedan informados
de que los datos de carácter personal que, en su caso, sean recogidos a través de la
presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación
serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado
mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Recursos Administrativos y Jurisdiccionales
Los Acuerdos correspondientes del órgano de contratación pondrán fin a la vía administrativa
y serán inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos puede interponerse recurso potestativo
de reposición, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes ante el mismo
órgano que lo dictó, o recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley
Reguladora de dicha Jurisdicción, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres,
en el plazo de dos meses contados a partir de la notificación del Acuerdo.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
Cód.
Validación:
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Miércoles, 23 de julio de 2025
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e-mail: administracion@huelaga.es
La persona adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos), en cumplimiento de los
principios de integridad y confidencialidad, debe tratar los datos personales a los que tenga
acceso de forma que garantice una seguridad adecuada incluida la protección contra el
tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental,
mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con lo
establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento
2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de
datos). Esta obligación es complementaria de los deberes de secreto profesional y subsistirá
aunque haya finalizado el contrato con el responsable del tratamiento de los datos
(Ayuntamiento).
15.2 Tratamiento de Datos
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter
Personal y en el Reglamento general de protección de datos, los licitadores quedan informados
de que los datos de carácter personal que, en su caso, sean recogidos a través de la
presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación
serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado
mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Recursos Administrativos y Jurisdiccionales
Los Acuerdos correspondientes del órgano de contratación pondrán fin a la vía administrativa
y serán inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos puede interponerse recurso potestativo
de reposición, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes ante el mismo
órgano que lo dictó, o recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley
Reguladora de dicha Jurisdicción, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres,
en el plazo de dos meses contados a partir de la notificación del Acuerdo.
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Miércoles, 23 de julio de 2025
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