Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2025-3731)
BOP-2025-3731 Aprobación inicial de la derogación de la Ordenanza fiscal n.º 25: Tasa por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navas del Madroño
EDICTO. Aprobación inicial de la derogación de la Ordenanza fiscal n.º 25: Tasa
por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras o residuos
sólidos urbanos.
El Pleno del Ayuntamiento de Navas del Madroño, en sesión celebrada el día 14 de julio de
2025, acordó la derogación de la Ordenanza fiscal n.º 25: Tasa por la prestación del servicio de
recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos, y en cumplimiento de lo dispuesto
en los artículos 49 y 70.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y en los artículos 17 y 47 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el
expediente a información pública por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la
inserción de este anuncio en el B.O.P., para que pueda ser examinado y se presenten las
reclamaciones que se estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado
definitivamente dicho acuerdo.
Navas del Madroño, 15 de julio de 2025
Ricardo Villegas Moreno
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-3731
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de julio de 2025
N.º 0136
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Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navas del Madroño
EDICTO. Aprobación inicial de la derogación de la Ordenanza fiscal n.º 25: Tasa
por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras o residuos
sólidos urbanos.
El Pleno del Ayuntamiento de Navas del Madroño, en sesión celebrada el día 14 de julio de
2025, acordó la derogación de la Ordenanza fiscal n.º 25: Tasa por la prestación del servicio de
recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos, y en cumplimiento de lo dispuesto
en los artículos 49 y 70.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y en los artículos 17 y 47 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el
expediente a información pública por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la
inserción de este anuncio en el B.O.P., para que pueda ser examinado y se presenten las
reclamaciones que se estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado
definitivamente dicho acuerdo.
Navas del Madroño, 15 de julio de 2025
Ricardo Villegas Moreno
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-3731
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de julio de 2025
N.º 0136
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