Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2025-3716)
BOP-2025-3716 Aprobación y exposición pública de ayudas económicas para garantizar el derecho al acceso de suministros mínimos vitales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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gravemente la subsistencia de la unidad de convivencia y así se haya
acreditado en informe motivado emitido por el Servicio Social de
Atención Social Básica.
c) Carecer de rentas o ingresos suficientes. Se procederá a la suma de
todos los ingresos netos computables de la unidad de convivencia
obtenidos en los tres meses anteriores al de la fecha de presentación
de la solicitud de la ayuda para suministro mínimos vitales y, se dividirá
por tres, considerándose que existen rentas o ingresos suficientes
cuando los ingresos netos de la unidad de convivencia sean superiores
al 120 % del importe mensual fijado en la Ley de Presupuestos
Generales del Estado del ejercicio correspondiente para el Indicador
Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), referido a catorce
pagas, incrementándose en un 8 % por cada miembro de la unidad de
convivencia. (ver TABLA adjunta)
En aquellas unidades de convivencia en la que haya algún miembro con una
discapacidad en grado igual o superior al 65 % o tuvieran reconocida la
situación de Dependencia, con independencia del Grado, se incrementará un
10 % por cada miembro de la unidad de convivencia.
Asimismo, si la persona solicitante miembro de la unidad de convivencia o en
su caso, otra persona integrante de la unidad familiar, estuviera abonando un
préstamo hipotecario o alquiler sobre la vivienda habitual de residencia, a fin de
determinar la cantidad a imputar como recursos disponibles en el hogar se
deducirá su importe mensual sobre el total de los ingresos de la unidad familiar,
hasta un máximo del 50 % del IPREM mensual, referido a 14 pagas.
LÍMITE DE INGRESOS 2025
IPREM 2025 (14 PAGAS): 8400 €
IPREM MENSUAL 2025 (14 PAGAS): 700 €
Nº DE
MIEMBROS
% IPREM LÍMITE INGRESOS
CVE:
BOP-2025-3716
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de julio de 2025
N.º 0136
Pág. 16836
acreditado en informe motivado emitido por el Servicio Social de
Atención Social Básica.
c) Carecer de rentas o ingresos suficientes. Se procederá a la suma de
todos los ingresos netos computables de la unidad de convivencia
obtenidos en los tres meses anteriores al de la fecha de presentación
de la solicitud de la ayuda para suministro mínimos vitales y, se dividirá
por tres, considerándose que existen rentas o ingresos suficientes
cuando los ingresos netos de la unidad de convivencia sean superiores
al 120 % del importe mensual fijado en la Ley de Presupuestos
Generales del Estado del ejercicio correspondiente para el Indicador
Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), referido a catorce
pagas, incrementándose en un 8 % por cada miembro de la unidad de
convivencia. (ver TABLA adjunta)
En aquellas unidades de convivencia en la que haya algún miembro con una
discapacidad en grado igual o superior al 65 % o tuvieran reconocida la
situación de Dependencia, con independencia del Grado, se incrementará un
10 % por cada miembro de la unidad de convivencia.
Asimismo, si la persona solicitante miembro de la unidad de convivencia o en
su caso, otra persona integrante de la unidad familiar, estuviera abonando un
préstamo hipotecario o alquiler sobre la vivienda habitual de residencia, a fin de
determinar la cantidad a imputar como recursos disponibles en el hogar se
deducirá su importe mensual sobre el total de los ingresos de la unidad familiar,
hasta un máximo del 50 % del IPREM mensual, referido a 14 pagas.
LÍMITE DE INGRESOS 2025
IPREM 2025 (14 PAGAS): 8400 €
IPREM MENSUAL 2025 (14 PAGAS): 700 €
Nº DE
MIEMBROS
% IPREM LÍMITE INGRESOS
CVE:
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Verificable
en:
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