Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2025-1977)
BOP-2025-1977 Convenio de Encomienda de Gestión entre el Consorcio MásMedio y el Ayuntamiento de Alcántara.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Excmo. Ayuntamiento de
Alcántara
~ 18 ~
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
Difusión Interconexión X Cotejo X Limitación
Supresión X Destrucción Acceso X Recuperación X
Duplicado Copia X Copia de seguridad X Otros: ____
5. DISPOSICIÓN DE LOS DATOS AL TERMINAR EL SERVICIO
Una vez finalice el encargo, el Consorcio MásMedio debe devolver al responsable del tratamiento
los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. La
devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados
por el encargado. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente blo-
queados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
6. MEDIDAS DE SEGURIDAD
Los datos deben protegerse empleando las medidas que el Consorcio MásMedio debe tomar para
evitar que dichos datos pierdan su razonable confidencialidad, integridad y disponibilidad. De acuerdo con
la evaluación de riesgos realizada, se deben implantar, al menos, las medidas de seguridad siguientes:
a. El encargado se compromete a implementar en sus sistemas técnicos y organizativos las medidas
pertinentes para garantizar la seguridad de los ficheros y tratamientos de datos de carácter personal
del responsable, de conformidad con la evaluación de riesgos que al efecto realice.
b. El encargado garantizará que las personas bajo su autoridad que deban tratar datos personales se
comprometan expresamente y por escrito a respetar la confidencialidad y a cumplir las correspon-
dientes medidas de seguridad.
c. Dichas medidas de seguridad incluirán mecanismos para:
- Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sis-
temas y servicios de tratamiento:
- Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de inci-
dente físico o técnico;
- Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizati-
vas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento; y
- Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
El Consorcio MásMedio no podrá no implementar o suprimir dichas medidas mediante el empleo
de un análisis de riesgo o evaluación de impacto salvo aprobación expresa de la AEPD.
A estos efectos, el personal del Consorcio MásMedio debe seguir las medidas de seguridad esta-
blecidas por la AEPD, no pudiendo efectuar tratamientos distintos de los definidos por la AEPD.
CVE:
BOP-2025-1977
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de abril de 2025
N.º 0077
Pág. 9334
Alcántara
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927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
Difusión Interconexión X Cotejo X Limitación
Supresión X Destrucción Acceso X Recuperación X
Duplicado Copia X Copia de seguridad X Otros: ____
5. DISPOSICIÓN DE LOS DATOS AL TERMINAR EL SERVICIO
Una vez finalice el encargo, el Consorcio MásMedio debe devolver al responsable del tratamiento
los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. La
devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados
por el encargado. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente blo-
queados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
6. MEDIDAS DE SEGURIDAD
Los datos deben protegerse empleando las medidas que el Consorcio MásMedio debe tomar para
evitar que dichos datos pierdan su razonable confidencialidad, integridad y disponibilidad. De acuerdo con
la evaluación de riesgos realizada, se deben implantar, al menos, las medidas de seguridad siguientes:
a. El encargado se compromete a implementar en sus sistemas técnicos y organizativos las medidas
pertinentes para garantizar la seguridad de los ficheros y tratamientos de datos de carácter personal
del responsable, de conformidad con la evaluación de riesgos que al efecto realice.
b. El encargado garantizará que las personas bajo su autoridad que deban tratar datos personales se
comprometan expresamente y por escrito a respetar la confidencialidad y a cumplir las correspon-
dientes medidas de seguridad.
c. Dichas medidas de seguridad incluirán mecanismos para:
- Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sis-
temas y servicios de tratamiento:
- Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de inci-
dente físico o técnico;
- Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizati-
vas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento; y
- Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
El Consorcio MásMedio no podrá no implementar o suprimir dichas medidas mediante el empleo
de un análisis de riesgo o evaluación de impacto salvo aprobación expresa de la AEPD.
A estos efectos, el personal del Consorcio MásMedio debe seguir las medidas de seguridad esta-
blecidas por la AEPD, no pudiendo efectuar tratamientos distintos de los definidos por la AEPD.
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