Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2025-645)
BOP-2025-645 Aprobación definitiva de Reglamento Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil.
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b) Jefe o Jefa de Agrupación.
c) Jefe o Jefa de Equipo.
d) Personal Voluntario en prácticas.
e) Personal Voluntario operativo.
f) Personal Voluntario colaborador.
g) Coordinador jefe o coordinadora jefa de la Agrupación de voluntarios.
1.- Este es un puesto dentro de la organización del voluntariado y por tanto sin derecho a
ningún tipo de contraprestación, ni económica, ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para acceder a este puesto serán preferentemente los siguientes:
·No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
·Disponer como mínimo de la titulación ESO.
·Acreditar los tres niveles de las acciones formativas básicas para voluntarios de Protección
civil específicas, incluidas en el Plan de Formación para voluntarios de Protección Civil de la
Junta de Extremadura.
·En caso de existir más de un aspirante, la selección se realizará mediante el proceso selectivo
correspondiente.
3.- El Coordinador de la Agrupación de Voluntarios de Protección del Ayuntamiento de Jaraíz
de la Vera, será nombrado por el Alcalde, de entre los miembros de la Agrupación. Dicho
nombramiento deberá ser aprobado en Pleno del Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera.
4.- Como puesto dentro de la organización del voluntariado no conlleva aparejada
contraprestación económica alguna.
CVE:
BOP-2025-645
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de febrero de 2025
N.º 0028
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