Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza la Mayor. (BOP-2021-4765)
BOP-2021-4765 Bases para la provisión interina del puesto de Secretaría- Intervención.
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b) Los ejercicios superados en las pruebas selectivas para la formación de lista de
espera para la provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de
carácter nacional, mediante certificación expedida por el Tribunal selectivo u órgano
competente a quien corresponda su expedición.
c) Los cursos de formación mediante copia auténtica.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.5 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de
Función Pública de Extremadura, el concurso-oposición consistirá en la práctica sucesiva de
ambos sistemas, en la cual precederá siempre la fase de oposición.
VI. Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública la lista de aspirantes con las
puntuaciones obtenidas, así como el nombre del aspirante que haya superado las pruebas
selectivas, otorgando un plazo de 5 días hábiles para posibles reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones, en su caso, o transcurrido dicho plazo sin haberse presentado
ninguna, el Tribunal elevará a definitiva la lista de aprobados y lo elevará ala Presidencia de la
Corporación para que remita a la Junta de Extremadura propuesta de nombramiento interino a
favor del mismo.
Todo ello, siempre que, según lo establecido en el artículo 53 del Real Decreto 128/2018, de 16
de marzo, no fuese posible la provisión del puesto en cuestión por los procedimientos previstos
en los artículos 49, 50 y 51 del citado Real Decreto, circunstancia que deberá quedar
acreditada en el expediente.
VII. Toma de posesión.
Una vez recibida en el Ayuntamiento la resolución de nombramiento interino otorgada por el
órgano competente de la Comunidad Autónoma, se requerirá al interesado para la toma de
posesión en el plazo legalmente establecido; si éste no compareciese a la misma dentro del
plazo decaerá en su derecho, realizándose una nueva propuesta de nombramiento a favor del
siguiente aspirante, según el orden de puntuación obtenida, y siempre que haya superado la
fase de oposición.
VIII. Indemnizaciones por asistencia.
Las indemnizaciones por asistencia como miembro del Tribunal se efectuarán con arreglo a la
categoría 1ª del Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones
CVE:
BOP-2021-4765
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 25 de octubre de 2021
N.º 0203
Pág. 20663
espera para la provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de
carácter nacional, mediante certificación expedida por el Tribunal selectivo u órgano
competente a quien corresponda su expedición.
c) Los cursos de formación mediante copia auténtica.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.5 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de
Función Pública de Extremadura, el concurso-oposición consistirá en la práctica sucesiva de
ambos sistemas, en la cual precederá siempre la fase de oposición.
VI. Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública la lista de aspirantes con las
puntuaciones obtenidas, así como el nombre del aspirante que haya superado las pruebas
selectivas, otorgando un plazo de 5 días hábiles para posibles reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones, en su caso, o transcurrido dicho plazo sin haberse presentado
ninguna, el Tribunal elevará a definitiva la lista de aprobados y lo elevará ala Presidencia de la
Corporación para que remita a la Junta de Extremadura propuesta de nombramiento interino a
favor del mismo.
Todo ello, siempre que, según lo establecido en el artículo 53 del Real Decreto 128/2018, de 16
de marzo, no fuese posible la provisión del puesto en cuestión por los procedimientos previstos
en los artículos 49, 50 y 51 del citado Real Decreto, circunstancia que deberá quedar
acreditada en el expediente.
VII. Toma de posesión.
Una vez recibida en el Ayuntamiento la resolución de nombramiento interino otorgada por el
órgano competente de la Comunidad Autónoma, se requerirá al interesado para la toma de
posesión en el plazo legalmente establecido; si éste no compareciese a la misma dentro del
plazo decaerá en su derecho, realizándose una nueva propuesta de nombramiento a favor del
siguiente aspirante, según el orden de puntuación obtenida, y siempre que haya superado la
fase de oposición.
VIII. Indemnizaciones por asistencia.
Las indemnizaciones por asistencia como miembro del Tribunal se efectuarán con arreglo a la
categoría 1ª del Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones
CVE:
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