Sección III - Administración del Estado. Dirección General de Tráfico. Jefatura Provincial de Tráfico de Cáceres. (BOP-2020-3704)
BOP-2020-3704 Delegación de Competencias Sancionadoras en J.P.T de Cáceres.
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Sección III - Administración del Estado
Dirección General de Tráfico
Jefatura Provincial de Tráfico de Cáceres
ANUNCIO. Delegación de Competencias Sancionadoras en J.P.T de Cáceres.
De acuerdo con la previsión legal contemplada en el apartado 4 del artículo 84 del Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, “La sanción por infracción a
normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá a los/as respectivos/as
Alcaldes/as, los/as cuales podrán delegar esta competencia de acuerdo con la normativa
aplicable”.
No obstante, quedan excluidas de la competencia sancionadora municipal las infracciones a los
preceptos del título IV, incluyendo las relativas a las condiciones técnicas de los vehículos y al
seguro obligatorio.
A continuación, el apartado quinto del citado artículo, dispone que “Los/as Jefes/as Provinciales
de Tráfico y los órganos competentes que correspondan, en caso de comunidades autónomas
que hayan recibido el traspaso de funciones y servicios en materia de tráfico y circulación de
vehículos a motor, asumirán la competencia de los/as Alcaldes/as cuando, por razones
justificadas o por insuficiencia de los servicios municipales, no pueda ser ejercida por éstos/as”.
Al amparo de estas disposiciones y con fecha de 23.07.2020, el/a Alcalde/sa del Ayuntamiento
de Herguijuela solicitó la asunción, por parte de la Jefatura Provincial de Tráfico de Cáceres, de
las competencias municipales en materia sancionadora por infracciones a las normas de
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en las vías urbanas de dicho
municipio.
En su virtud, y habiéndose encontrado justificados los motivos y alegaciones formuladas por
el/a Alcalde/sa del Ayuntamiento de Herguijuela para la cesión de la competencia que el Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, le otorga,
RESUELVO:
Asumir, desde la fecha de la presente resolución, la competencia para sancionar las
CVE:
BOP-2020-3704
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de octubre de 2020
N.º 0190
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