Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2020-3683)
BOP-2020-3683 Convocatoria para la constitución de una Bolsa de Empleo Temporal de Profesor/a del Conservatorio de Música.
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Segunda parte (Común a las especialidades de Lenguaje musical y composición): Exposición
oral de planteamientos pedagógicos propuestos por el tribunal durante un periodo máximo de
10 minutos.
OCTAVA.- Calificación del proceso selectivo.
8.1. Las Partes serán calificadas por cada miembro del Tribunal de 0 a 10 puntos, dividiéndose
la suma de las calificaciones entre el número de miembros del Tribunal que las han otorgado,
siendo el cociente la calificación del ejercicio. Se eliminarán las puntuaciones máxima y mínima
otorgadas cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a tres puntos; en el caso de
que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en tres o más puntos, se mantendrá el
principio de eliminar las puntuaciones máxima y mínima; si en esta situación, además, se
produjese empate en las puntuaciones máximas o en las mínimas, sólo se eliminarán una de
las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
En ningún caso se procederá a la exclusión de las calificaciones extremas cuando al efectuarse
dicha exclusión pueda alcanzarse una nota media superior a la que se lograría de computarse
la totalidad de las calificaciones.
8.2. La calificación del ejercicio se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:
Primera parte . (Composición) Será preciso para superarla una puntuación mínima del
cincuenta por ciento de la máxima alcanzable (10 puntos), quedando eliminado en la
realización de la segunda parte quienes no obtengan dicha puntuación.
En este ejercicio se valorará la interpretación artística así como el conocimiento de las normas
armónicas que rigen en la polifonía del sistema tonal.
Primera Parte. (Lenguaje Musical). Será preciso para superarla una puntuación mínima del
cincuenta por ciento de la máxima alcanzable (10 puntos), quedando eliminado en la
realización de la segunda parte quienes no obtengan dicha puntuación
En este ejercicio se valorará, las aptitudes pedagógicas, la formación musical, los
conocimientos, el análisis musical y la capacidad de comunicación.
Segunda parte (Común a las especialidades de Lenguaje musical y composición).- Será
preciso para superarla una puntuación mínima del cincuenta por ciento de la máxima
alcanzable (10 puntos), quedando eliminado del proceso de selección quienes no obtengan
dicha puntuación.
CVE:
BOP-2020-3683
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de octubre de 2020
N.º 0190
Pág. 14162
oral de planteamientos pedagógicos propuestos por el tribunal durante un periodo máximo de
10 minutos.
OCTAVA.- Calificación del proceso selectivo.
8.1. Las Partes serán calificadas por cada miembro del Tribunal de 0 a 10 puntos, dividiéndose
la suma de las calificaciones entre el número de miembros del Tribunal que las han otorgado,
siendo el cociente la calificación del ejercicio. Se eliminarán las puntuaciones máxima y mínima
otorgadas cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a tres puntos; en el caso de
que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en tres o más puntos, se mantendrá el
principio de eliminar las puntuaciones máxima y mínima; si en esta situación, además, se
produjese empate en las puntuaciones máximas o en las mínimas, sólo se eliminarán una de
las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
En ningún caso se procederá a la exclusión de las calificaciones extremas cuando al efectuarse
dicha exclusión pueda alcanzarse una nota media superior a la que se lograría de computarse
la totalidad de las calificaciones.
8.2. La calificación del ejercicio se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:
Primera parte . (Composición) Será preciso para superarla una puntuación mínima del
cincuenta por ciento de la máxima alcanzable (10 puntos), quedando eliminado en la
realización de la segunda parte quienes no obtengan dicha puntuación.
En este ejercicio se valorará la interpretación artística así como el conocimiento de las normas
armónicas que rigen en la polifonía del sistema tonal.
Primera Parte. (Lenguaje Musical). Será preciso para superarla una puntuación mínima del
cincuenta por ciento de la máxima alcanzable (10 puntos), quedando eliminado en la
realización de la segunda parte quienes no obtengan dicha puntuación
En este ejercicio se valorará, las aptitudes pedagógicas, la formación musical, los
conocimientos, el análisis musical y la capacidad de comunicación.
Segunda parte (Común a las especialidades de Lenguaje musical y composición).- Será
preciso para superarla una puntuación mínima del cincuenta por ciento de la máxima
alcanzable (10 puntos), quedando eliminado del proceso de selección quienes no obtengan
dicha puntuación.
CVE:
BOP-2020-3683
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de octubre de 2020
N.º 0190
Pág. 14162