Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2020-3682)
BOP-2020-3682 Convocatoria para la constitución de una Bolsa de Empleo Temporal de Profesor del Conservatorio de Danza.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su
cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o
mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
c) Los aspirantes deberán estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: -
Título Superior de Danza: Especialidad Pedagogía de la Danza, modalidad Danza
Clásica.
Título Superior de Danza: Especialidad Coreografía y Técnicas de Interpretación
de la Danza, modalidad Danza Clásica.
Documentación acreditativa (o en su caso oportuna credencial) de la completa
superación de los estudios oficiales de Danza Clásica expedidos de conformidad
con lo dispuesto en el Real Decreto 899/2010 de 9 de Julio.
Igualmente se entenderá cumplido este requisito por quienes estén en posesión de
algún título legalmente equivalente a la correspondiente titulación.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la
homologación.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público
f) Requisitos específicos para el acceso a profesiones, oficios y actividades que
impliquen contacto habitual con menores y ejercicio de las mismas.
CVE:
BOP-2020-3682
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de octubre de 2020
N.º 0190
Pág. 14137
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También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su
cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o
mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
c) Los aspirantes deberán estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: -
Título Superior de Danza: Especialidad Pedagogía de la Danza, modalidad Danza
Clásica.
Título Superior de Danza: Especialidad Coreografía y Técnicas de Interpretación
de la Danza, modalidad Danza Clásica.
Documentación acreditativa (o en su caso oportuna credencial) de la completa
superación de los estudios oficiales de Danza Clásica expedidos de conformidad
con lo dispuesto en el Real Decreto 899/2010 de 9 de Julio.
Igualmente se entenderá cumplido este requisito por quienes estén en posesión de
algún título legalmente equivalente a la correspondiente titulación.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la
homologación.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público
f) Requisitos específicos para el acceso a profesiones, oficios y actividades que
impliquen contacto habitual con menores y ejercicio de las mismas.
CVE:
BOP-2020-3682
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de octubre de 2020
N.º 0190
Pág. 14137