Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2020-3653)
BOP-2020-3653 Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Igualdad LGTBI, Cooperación, Participación Ciudadana y Barrios. Ejercicio 2020.
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2.4.- Regular, con carácter general, del régimen a que ha de ajustarse la
concesión y justificación de las subvenciones a tramitar por la Concejalía de Igualdad
LGBTI, Cooperación, Participación Ciudadana y Barrios.
Los objetivos particulares de cada línea de ayuda o subvención para 2020 se
recogen en el documento anexo al presente denominado “Anexo al Plan
Estratégico de Subvenciones. Anualidad2020”.
ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS GENERALES
Son principios generalesde este plan los siguientes:
3.1.- Principio de publicidad y transparencia: Este principio se materializa en
la convocatoria previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad,
concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la
posible concesión directa, de conformidad con lo establecido al respecto en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en las Bases de Ejecución del
presupuesto del Ayuntamiento de Cáceres y demás normativa de aplicación.
Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones
concedidas, en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
3.2.- Principio de libre concurrencia, igualdad y no discriminación: Este
principio se materializa en la determinación de los requisitos que deben cumplir los
beneficiarios, al objeto de la plena satisfaccióndel interés general.
3.3.- Principio de objetividad: La concesión de subvenciones se realizará
conforme a criterios objetivos, previamente establecidos en la convocatoria a fin de
garantizar el conocimiento previo de los mismos por los potencialesbeneficiarios.
3.4.- Principios de eficacia y eficiencia: Eficacia en el cumplimiento de los
objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos públicos, debiéndose
justificar cuantitativa y cualitativamente.
CVE:
BOP-2020-3653
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de octubre de 2020
N.º 0189
Pág. 14001
2.4.- Regular, con carácter general, del régimen a que ha de ajustarse la
concesión y justificación de las subvenciones a tramitar por la Concejalía de Igualdad
LGBTI, Cooperación, Participación Ciudadana y Barrios.
Los objetivos particulares de cada línea de ayuda o subvención para 2020 se
recogen en el documento anexo al presente denominado “Anexo al Plan
Estratégico de Subvenciones. Anualidad2020”.
ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS GENERALES
Son principios generalesde este plan los siguientes:
3.1.- Principio de publicidad y transparencia: Este principio se materializa en
la convocatoria previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad,
concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la
posible concesión directa, de conformidad con lo establecido al respecto en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en las Bases de Ejecución del
presupuesto del Ayuntamiento de Cáceres y demás normativa de aplicación.
Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones
concedidas, en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
3.2.- Principio de libre concurrencia, igualdad y no discriminación: Este
principio se materializa en la determinación de los requisitos que deben cumplir los
beneficiarios, al objeto de la plena satisfaccióndel interés general.
3.3.- Principio de objetividad: La concesión de subvenciones se realizará
conforme a criterios objetivos, previamente establecidos en la convocatoria a fin de
garantizar el conocimiento previo de los mismos por los potencialesbeneficiarios.
3.4.- Principios de eficacia y eficiencia: Eficacia en el cumplimiento de los
objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos públicos, debiéndose
justificar cuantitativa y cualitativamente.
CVE:
BOP-2020-3653
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de octubre de 2020
N.º 0189
Pág. 14001