Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2020-3653)
BOP-2020-3653 Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Igualdad LGTBI, Cooperación, Participación Ciudadana y Barrios. Ejercicio 2020.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
2
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES CONCEJALÍA DE IGUALDAD LGBTI,
COOPERACIÓN, PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y BARRIOS
ANUALIDAD 2020
PREÁMBULO
Según la Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, una parte importante de la actividad financiera del sector público se
canaliza a través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con medidas de
apoyo financiero, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas
o privadas.
Desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad
importante de gasto público y, por tanto, deben ajustarse a las directrices de la política
presupuestaria, actualmente orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria y
crecimiento económico.
Desde esta perspectiva la Ley General de Subvenciones supone un paso más
en el proceso de racionalización de nuestro sistema económico incardinándose en el
conjunto de medidas y reformas que se han venido instrumentando con esta finalidad
Uno de los principios que rigen esta ley, recogido también en la normativa de
estabilidad presupuestaria, es el de transparencia. Con este objeto las
Administraciones deberán hacer públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez, la
ley establece la obligación de formar una base de datos de ámbito nacional que
contenga información relevante sobre todas las subvenciones concedidas.
Esta mayor transparencia redunda de forma directa en un incremento de los
niveles de eficiencia y eficacia en la gestión del gasto público subvencional.
En esta línea de mejora de la eficacia, la Ley 38/2003 establece, como
elemento de gestión e instrumento de dicha mejora, la necesidad de elaborar en cada
Administración Pública un plan estratégico de subvenciones que permita relacionar los
objetivos a alcanzar y los efectos que se pretenden conseguir, con los costes previstos
y su financiación, con objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir mediante las
CVE:
BOP-2020-3653
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de octubre de 2020
N.º 0189
Pág. 13998
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES CONCEJALÍA DE IGUALDAD LGBTI,
COOPERACIÓN, PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y BARRIOS
ANUALIDAD 2020
PREÁMBULO
Según la Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, una parte importante de la actividad financiera del sector público se
canaliza a través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con medidas de
apoyo financiero, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas
o privadas.
Desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad
importante de gasto público y, por tanto, deben ajustarse a las directrices de la política
presupuestaria, actualmente orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria y
crecimiento económico.
Desde esta perspectiva la Ley General de Subvenciones supone un paso más
en el proceso de racionalización de nuestro sistema económico incardinándose en el
conjunto de medidas y reformas que se han venido instrumentando con esta finalidad
Uno de los principios que rigen esta ley, recogido también en la normativa de
estabilidad presupuestaria, es el de transparencia. Con este objeto las
Administraciones deberán hacer públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez, la
ley establece la obligación de formar una base de datos de ámbito nacional que
contenga información relevante sobre todas las subvenciones concedidas.
Esta mayor transparencia redunda de forma directa en un incremento de los
niveles de eficiencia y eficacia en la gestión del gasto público subvencional.
En esta línea de mejora de la eficacia, la Ley 38/2003 establece, como
elemento de gestión e instrumento de dicha mejora, la necesidad de elaborar en cada
Administración Pública un plan estratégico de subvenciones que permita relacionar los
objetivos a alcanzar y los efectos que se pretenden conseguir, con los costes previstos
y su financiación, con objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir mediante las
CVE:
BOP-2020-3653
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de octubre de 2020
N.º 0189
Pág. 13998