Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2020-3653)
BOP-2020-3653 Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Igualdad LGTBI, Cooperación, Participación Ciudadana y Barrios. Ejercicio 2020.
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- Coste.
- Financiación.
- Plan de acción.
- Indicadores.
ARTÍCULO 15. MODIFICACIONES DEL PLAN
La concesión de subvenciones no recogidas en el PES está
condicionada a la modificación previa del mismo
La introducción de nuevas líneas de subvención en el PES o la modificación
de líneas ya incluidas, también estarán condicionadas a la modificación previa o
simultáneadel referido Plan
No será necesaria la modificación del PES en los supuestos de modificación
de líneas de subvención existentes, cuando la modificación consista en la variación del
importe asignado a una subvención de la línea, siempre que el resto de los
componentes de la misma permanezcan sin cambios, hecho este que deberá quedar
acreditado en el expediente, por parte del centro gestor correspondiente.
ARTÍCULO 16. SEGUIMIENTO DEL PLAN
Este Plan Estratégicodebe ser revisado al objeto de:
- Modificar o actualizar las líneas de subvención que pudieran haber perdido su
vigencia, o que no sean eficaces para el cumplimiento de los objetivos.
- Actualizarlos importes de aquellas que se mantengan.
- Incluir nuevas líneas de actuación que se consideren necesarias para la
consecución de los objetivos previamenteestablecidos.
A tales efectos, para cada línea de subvención deberán determinarse los
indicadores de cumplimiento de sus objetivos.
Este seguimiento se realizará con carácter anual por el departamento
municipal al que se le encomiende, para lo cual, por parte de cada uno de los
CVE:
BOP-2020-3653
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de octubre de 2020
N.º 0189
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